
Este jueves 26 de febrero, el Senado dio media sanción al proyecto que introduce modificaciones a la Ley 26.639, más conocida como Ley de Glaciares. Se trata de una propuesta del Poder Ejecutivo, que cambia el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
La reforma contó con 40 votos afirmativos, 31 negativos y 1 abstención. Si bien todavía resta el tratamiento por parte de la Cámara baja, gran parte de la sociedad civil está en alerta por el fuerte retroceso ambiental que significa este cambio a la legislación original.
El proyecto que se aprobó en la Cámara alta propone modificar el alcance de las áreas protegidas. Mientras que la ley vigente ofrece un resguardo amplio a todos los glaciares y al ambiente periglacial, el nuevo texto lo acota a aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva” y relevante para la recarga de cuencas hidrográficas.
Además, plantea que cada provincia determine qué glaciares protege y en cuáles se pueden habilitar actividades extractivas, como la minería. Según la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), esto “pone en riesgo el acceso al agua de más de siete millones de personas, al afectar cuencas hídricas enteras y profundizar conflictos territoriales ya existentes”.

Un visto bueno para la industria minera
La Ley de Glaciares se sancionó en 2010, convirtiéndose en una de las principales herramientas de protección ambiental en zonas cordilleranas. Ahora, el gobierno de Javier Milei pretende incorporar tres cambios principales.
Por un lado la reducción del área protegida, ya que no toda zona periglaciar quedaría automáticamente bajo resguardo, sino aquellas que demuestren una función hídrica específica.
A su vez, otorgaría a cada provincia más facultades para determinar qué territorios proteger y cuáles habilitar para actividades productivas. Según especialistas esto atenta contra el artículo 41 de la Constitución Nacional, que le da al Congreso la potestad de generar leyes de presupuestos mínimos ambientales como es la Ley de Glaciares.
De esta manera se genera una contradicción, porque la legislación que se pretende modificar es una protección mínima y nacional que las provincias no pueden achicar.
En tanto, organizaciones civiles como FARN plantean que el agua afectada no se encuentra solamente en las provincias que alojan los glaciares, ya que las cuencas son interprovinciales. “Con estos cambios, se revertiría la lógica de los presupuestos mínimos porque el piso lo fijarán las provincias en función de si consideran importante el aporte de agua dulce que hace ese glaciar a su territorio. Esto podría generar conflictos entre jurisdicciones por el acceso al agua”, advirtieron.
Todo esto se traduce en el posible avance de proyectos mineros, ya que la redefinición de los límites ambientales podría permitir el desarrollo de iniciativas actualmente restringidas.
Algunos de ellos son el Distrito Vicuña en San Juan, a más de 4.000 metros de altura en la cordillera, que integra un megapolo minero de cobre, oro y plata; el proyecto de cobre Los Azules en la misma provincia; el también sanjuanino El Pachón, uno de los mayores yacimientos de cobre sin explotar del mundo; el Proyecto MARA – Agua Rica en Catamarca; el complejo Taca Taca en Salta; y proyectos de litio en expansión en Catamarca y NOA.

¿Por qué es importante la Ley de Glaciares (tal como está)?
El artículo 2 de este texto define a un glaciar como “toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua”.
Pero no se queda allí, sino que incorpora al ambiente periglacial en la alta montaña. Lo describe como el “área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico”. La ley explica también que en la media y baja montaña, se trata del “área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo”.
Este terreno es el que corre peligro con la nueva modificación que propone el Poder Ejecutivo, son las zonas que se verían afectadas ante la apertura a proyectos mineros.
En ese sentido, la legislación de 2010 en su artículo 6 impide en los glaciares la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas.
Asimismo, la Ley 26.639 creó el Inventario Nacional de Glaciares, a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet.
El mismo determinó que en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie es cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, lo que equivale a 41 veces a la Ciudad de Buenos Aires. La inmensa mayoría se encuentra en la Cordillera de los Andes y solo 890 en las Islas del Atlántico Sur.
Se trata de las principales reservas de agua del país. Por eso, organizaciones civiles y especialistas se manifiestan en contra de la reforma. Según FARN, esto no se trata de una actualización técnica, sino de ”una reforma constitucional de facto, ya que la normativa quebraría el sistema de presupuestos mínimos y crearía un escenario de inestabilidad jurídica y legislativa”.

