
El Gobierno nacional reglamentó este lunes varios aspectos de la Reforma Laboral o Ley de Modernización Laboral, una de las iniciativas impulsadas por la administración de Javier Milei. A través de los decretos 406, 407, 408 y 409/2026, publicados en el Boletín Oficial, el Ejecutivo puso en marcha modificaciones vinculadas a los recibos de sueldo, indemnizaciones, negociación colectiva, actividad sindical, registración laboral, empleo no registrado y aspectos tributarios.
Las normas llevan las firmas de Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni, del ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger y del ministro de Economía Luis Caputo. Entre los cambios más importantes aparece la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un régimen para regularizar empleo no registrado y nuevas reglas para convenios colectivos, sindicatos y recibos de sueldo
El cambio en las indemnizaciones
Uno de los puntos centrales de los decretos es la reglamentación del FAL, un esquema cuestionado por sectores sindicales, que advierten sobre un posible impacto en recursos vinculados al sistema previsional. En el Decreto 408/2026 se determinaron las condiciones de funcionamiento, como se recaudarán los aportes y los procedimientos.
El polémico sistema propone que el pago de las indemnizaciones por despido sea a través de fondos específicos que se constituirían bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV). El FAL estará dirigido solo al sector privado y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estará encargada de la recaudación y derivación de las contribuciones. El empleador deberá crear una ID FAL, un identificador que permita una correcta asignación de los aportes. El despido no tendría ningún costo para los empleadores.
El pago de las indemnizaciones, de acuerdo a la norma, se deberá realizar “dentro del plazo máximo de cinco días hábiles”. Además, la reglamentación establece que los recursos administrados por estos fondos sólo se podrán invertir dentro de la República Argentina. A su vez, dictaminaron que este régimen entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre.
Otras modificaciones dentro de la reforma laboral

En el Decreto 407/2026 se cambian reglas relacionadas a la participación empresarial dentro de las negociaciones colectivas. El decreto establece mecanismos para revisar convenios vencidos y fija nuevas pautas para la representación de las partes en las negociaciones. Además, incorpora modificaciones sobre el funcionamiento de las asociaciones sindicales y distintos aspectos administrativos vinculados a su actividad.
La reglamentación de la reforma laboral, a su vez, agrega nuevos requisitos para la personería gremial. Se verificarán a los afiliados a través de registros estatales. Una organización tendrá que superar, por lo menos, un 5 por ciento de afiliados cotizantes a otra entidad para desplazarla en un mismo ámbito de representación. También restringe el uso de horas gremiales que no se podrán acumular, tendrán que notificarse con al menos 48 horas de anticipación y no podrán afectar sectores críticos de las empresas.
El Gobierno argumentó que las medidas buscan actualizar normas laborales frente a nuevas formas de organización del trabajo y reducir cargas burocráticas. Sin embargo, referentes gremiales advirtieron que parte de los cambios podrían limitar la capacidad de negociación de los sindicatos y fortalecer el poder de las empresas en las discusiones paritarias.
También se modificarán los recibos de sueldo. Deberá figurar el costo laboral total que asume el empleador, incluyendo aportes y contribuciones asociados a la relación laboral. Y, dentro de las licencias médicas, las prescripciones que incluyan reposo deberán ser emitidas electrónicamente mediante plataformas sanitarias registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias y firmadas por profesionales.
Por otra parte, el decreto 409 reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), que apunta a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas. La iniciativa prevé beneficios para los empleadores que adhieran al régimen, entre ellos condonaciones parciales de deudas vinculadas a aportes y contribuciones de la seguridad social y planes de pago para las obligaciones que no sean alcanzadas por esos beneficios.

