Mediante un DNU, Milei vuelve a someter a la Argentina ante el FMI

El presidente firmó un nuevo Programa de Facilidades Extendidas con el organismo. Ante la inconstitucionalidad de la medida, diputados nacionales presentaron una denuncia penal contra Milei.
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Crédito: 19640noticias.com

Este lunes, se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 179/2025 que establece un nuevo Programa de Facilidades Extendidas con el Fondo Monetario Internacional (FMI). La medida, firmada por el presidente Javier Milei, busca cancelar parte de la deuda que el Tesoro mantiene con el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y afrontar vencimientos de créditos tomados con el organismo en el marco del acuerdo firmado en 2022.

Según el artículo 1° del decreto, las operaciones de crédito público aprobadas bajo este programa tendrán un plazo de amortización de 10 años, con un período de gracia de 4 años y 6 meses. Los fondos obtenidos se usarán para cancelar letras intransferibles en dólares en poder del BCRA, comenzando por los vencimientos más próximos y cubrir pagos de deuda correspondientes al acuerdo firmado con el FMI en 2022.

Por otra parte, en otro de los artículos se establece que se le puede delegar al Ministerio de Economía la potestad para aplicar los instrumentos necesarios para cumplir con los requisitos del Fondo.

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Cabe mencionar que en el escrito no se especifica el monto de los fondos y que, pese que el gobierno anunció que enviaría un DNU al Congreso para que se apruebe el acuerdo, el decreto tiene vigencia desde que se promulga y recién dejaría de ser válido si ambas cámaras del Congreso lo rechazan.

La denuncia contra Milei

Antes de oficializarse la medida en el Boletín Oficial, diputados nacionales de Unión por la Patria (UP) presentaron una denuncia penal contra Milei. El escrito lleva las firmas de los legisladores Juan Marino, Hugo Yasky, Daniel Gollán, Julio César Pereyra, Sabrina Selva, Victoria Tolosa Paz y Brenda Vargas Matyi, con el patrocinio del Dr. Eduardo Barcesat.

Los diputados consideran que el DNU viola los artículos 75 (incisos 4°, 7° y 22°) y 76 de la Constitución Nacional, los cuales establecen que cualquier endeudamiento con organismos internacionales debe ser aprobado por el Congreso de la Nación.

A su vez, en la denuncia se señala que el Gobierno estaría tomando funciones correspondientes al Poder Legislativo y que el DNU constituye un acto de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, conforme a los artículos 248 y 249 del Código Penal.

Por estos motivos, los denunciantes le piden a la Justicia la suspensión inmediata de cualquier acto que implique endeudamiento sin aprobación legislativa. Asimismo, que se notifique a ambas Cámaras del Congreso para que intervengan en la causa como la adopción de medidas cautelares para evitar la ejecución del DNU.

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