Se acabó el distanciamiento obligatorio

El Ministerio de Salud confirmó la eliminación del distanciamiento social pero no de la utilización del barbijo en espacios cerrados. Las nuevas medidas se respaldan en la baja en casos de Covid y la circulación del virus influenza A.
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Queda suprimida la obligatoriedad del distanciamiento social tras su implementación ininterrumpida en el año 2020 – Crédito: Duna.cl

A través del boletín oficial que se publicó ayer, con firma de la titular del Ministerio de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, se modificaron algunas disposiciones respecto a los cuidados sanitarios por la pandemia del Covid-19.

La resolución confirma tanto la eliminación obligatoria del distanciamiento social, como del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar”. Por otra parte, reafirma la utilización de barbijos en ambientes interiores como: áreas de trabajo, instituciones educativas, sociales y transporte público.

Se sigue manteniendo la recomendación de otras medidas como la ventilación de ambientes y la higienización de manos. Además, el ya conocido mecanismo de prevención de evitar contacto con otras personas ante la aparición de síntomas.

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud decretó el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia. En este contexto, y mediante el Decreto N°260/20 se lanzó la alerta de emergencia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541.

Conforme avanzó el tiempo y la pandemia, el Ministerio de Salud hizo uso de su facultad para establecer nuevas regulaciones acordes a la evolución de la situación. Sin embargo, mientras la situación de Covid-19 parece estar controlada, crecen las alertas por la circulación de otras enfermedades respiratorias, como la Influenza A.

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La titular del Ministerio de Salud, Carla Vizzotti, firmó el Boletín Oficial con las nuevas disposiciones sanitarias – Crédito: Sol.com.ar

Los argumentos 

El Boletín Oficial hizo explícitas las razones por las cuáles resolvió las medidas a adoptar, a saber menciona: “A partir del avance de las coberturas de vacunación, se ha logrado disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por COVID-19”.

Luego comunica que a su vez, a nivel regional, y particularmente en países limítrofes, “se observa una disminución sostenida del número de casos y de personas fallecidas”.

Dentro de las tres olas de Covid-19 que sufrió Argentina, la última de ellas con la variante Omicron en enero del corriente año, no se correspondió con un aumento proporcional de presentaciones graves y casos fatales.

Como dato positivo, destacan que este año “desde el pico en la semana 2 (9 al 15 de enero) se registran nueve semanas consecutivas de descenso del número de casos hasta el momento actual”.

Por otra parte, y como posible medida que justifica la utilización del barbijo tras la eliminación del distanciamiento, se destaca la circulación de otra enfermedad.

“En forma simultánea se registra circulación de virus Influenza A (fundamentalmente del subtipo H3N2) en aumento desde el inicio del año 2022. Esto representa un adelantamiento del aumento estacional (el que coincide habitualmente con la temporada invernal)”.

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Se continúa recomendado la utilización del barbijo en ámbitos cerrados, mientras que al aire libre continúa siendo optativo – Crédito: primeraedición

La resolución del Ministerio de Salud

La cartera de salud dispuso una serie de medidas a respetar para prevenir tanto el contagio de Covid-19, como de otras enfermedades respiratorias:

  • A. Continuar el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
  • B. Asegurar la ventilación de los ambientes.
  • C. Mantener una higiene adecuada y frecuente de manos.
  • D. Ante la presencia de síntomas: evitar el contacto con otras personas; no acudir a actividades laborales, sociales, educativas; no frecuentar lugares de uso común y evitar el uso del transporte público.

Por otro lado resuelve: “Déjese sin efecto el distanciamiento social de DOS (2) metros y  la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21″.

En cuanto a las especificaciones para les trabajadores dentro de la dimensión presencial o remota “se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 627/20″.

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