El 22 de abril del 2009, en la Unidad Penal N° 33 de la localidad de Los Hornos, la Obstetra María Angélica Liliana Sosa atendió a la convicta Patricia Alejandra Rojas, quién cursaba un embarazo avanzado. Su mal desempeño profesional, hizo que fuera llevada a juicio por adulteración de documentos de la paciente.
Rojas estaba embarazada y fue revisada por la obstetra del penal. Esta constató el fallecimiento del feto por «hipoxia aguda fetal intraútero secundario a compresión de cordón umbilical por doble circular».
La paciente denunció la demora de la atención y el traslado al hospital en base a la situación de salud que atravesaba. Días después, Sosa realizó tachaduras y enmiendas en los libros de obstetricia de la unidad penal en dónde se corroboró dicha actuación en horario de atención, revisación, escucha de latidos y medidas que adoptó hacia la paciente.
Por estos motivos, el Tribunal Oral en lo Criminal 4 del departamento judicial de La Plata deberá resolver el próximo 28 de marzo a las 12:00, sí condenará o no a la obstetra Sosa. Los jueces en quienes recae la decisión son: Juan Carlos Bruni, Emir Alfredo Caputo Tártara y Carolina Crispiani.
La causa trece años después
Pese a su mal desempeño, la obstetra Sosa, no solo falsificó los libros de la unidad penal, sino que también adulteró la historia clínica de la paciente para evitar pruebas o perjudicar al paciente.
La carátula de la causa se exhibe como «delito de adulteración de documento público grabado»; sin embargo, no se investiga la responsabilidad de la profesional por el fallecimiento del feto. Cabe destacar que, los profesionales del Hospital San Martín de La Plata, que atendieron a Patricia Alejandra Rojas, opinaron que la muerte fue accidental y no hubo forma de prevenirla.
El debate oral y público contra la obstetra comenzó el 2 de marzo, allí se leyó la elevación a juicio y la declaración testimonial de la paciente.
Luego el jueves 4 y lunes 7, hubo declaraciones testimoniales y producción de pruebas con relatos del médico autopsiante del feto, del personal de salud del Hospital San Martín y peritos caligráficos que determinaron la identidad del trazo de la obstetra en los registros originales, dónde se realizaron las posteriores tachaduras y adulteraciones de la unidad penal número 33.
Pese a esto, el miércoles 9 se llegó una instancia de alegatos en donde se solicitó la condena de la obstetra Sosa a la pena de seis años y la doble inhabilitación para el ejercicio de la profesión. Las acusaciones principales son el delito de adulteración de documento público y abuso de funciones.
Violencia obstétrica en prisión
La violencia obstétrica es la discriminación y violencia de género al conjunto de mujeres que transitan el embarazo, el parto o el posparto. En el caso de las mujeres que están privadas de libertad, la violencia obstétrica puede surgir de una manera más elevada ya que tienen restricciones de derechos y una mayor exposición a la violencia institucional.
El informe de la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaría de la Nación, la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires llamado: Parí como una condenada. Experiencias de violencia obstétrica de mujeres privadas de la Libertad« aborda temas como las vivencias de las mujeres presas y recomendaciones sobre estas dificultades.
El informe consistió en encuestas y entrevistas a mujeres embarazadas y con hijos menores de 4 años de unidades penitenciarias. El objetivo era conformar un análisis específico vinculado a la violencia obstétrica en prisión.
El 94% de las mujeres encuestadas refirió que inició el trabajo de preparto en la unidad penitenciaria y el 76% en su pabellón. Por otra parte, un 30% de mujeres indicó que fue atendida por un médico o médica de una especialidad distinta a la de obstetricia. Otro de los datos que revela esta encuesta es que un 85% de mujeres manifestó haber sufrido maltrato verbal por parte del personal penitenciario.