sábado 18 de mayo de 2024

La Ley Bases no deja en paz a nuestro ambiente

A diferencia del primer proyecto, la nueva Ley Ómnibus no tiene capítulos específicos sobre el tema. Pero desde la Fundación Ambiente y Recursos Naturales advirtieron que distintos puntos causarían implicancias negativas en materia de derechos socioambientales.
Ambiente
¿Realmente está protegido nuestro ambiente? Créditos: Facundo Esmereles – Nota al Pie.

La Cámara de Diputados aprobó el pasado martes 30 de abril la nueva versión de la Ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. Se trata de la versión “resumida” del proyecto que el gobierno nacional presentó en diciembre de 2023 y que no logró el visto bueno en la Cámara Baja. 

Todavía no entra en vigencia, ya que falta su tratamiento en la Cámara de Senadores. Sin embargo, organizaciones sociales de diferentes ámbitos ya advierten sobre el retroceso en conquistas de derechos de todos los tipos

Una de ellas es la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), que emitió el documento «La amenaza fantasma. Un nuevo proyecto de Ley Ómnibus sin capítulo ambiental». En él explican que la Ley Bases actual cuenta con puntos específicos que pueden generar consecuencias negativas para el ambiente. 

“La nueva versión de la Ley Ómnibus continúa atacando el ambiente aunque no le dedique un capítulo específico” aseguraron desde FARN, y argumentaron que el texto tiene una concepción en la cual la regulación ambiental es una molestia o incluso un ‘costo’.

diputados ley bases Credito Mundo Gremial
La Ley Bases consiguió media sanción en la Cámara de Diputados. Créditos: Mundo Gremial. 

Desde lejos no se ve

Nadie puede decir que no avisó, ya en la campaña presidencial el ahora primer mandatario argentino Javier Milei afirmó que el cambio climático es un invento socialista. En las primeras semanas en su cargo, no se sabía qué iba a pasar con la política ambiental. 

Luego, el proyecto de la llamada Ley Ómnibus echó luz al asunto. “Impulsaba un serio retroceso para leyes de presupuestos mínimos que protegen ecosistemas claves como bosques (Ley 26.331) y glaciares (Ley 26.639)”, recordaron desde FARN. Pero a último momento, ese texto se dio de baja y hubo un período de relativa calma. 

En el último mes, la subsecretaria de Ambiente del Ministerio del Interior de la Nación, Ana Lamas, asistió a la COP 3 del Acuerdo de Escazú. Allí, funcionarios argentines aseguraron trabajar en diferentes políticas en el sector. 

Pero como dice la canción de Los Piojos, “Desde lejos no se ve”. Si bien el nuevo proyecto de Ley Bases no tiene un capítulo específico dedicado al ambiente, hay que mirar de cerca para descubrir que diferentes ámbitos afectan derechos conseguidos en el tema. 

“La creación de un régimen de privilegios en materia tributaria, cambiaria y aduanera como es el RIGI, las modificaciones en la Ley de Hidrocarburos y en la Ley de Procedimiento Administrativo, continúan impactando negativamente sobre los aspectos socioambientales”, alertaron desde FARN.

Delegacion Argentina en la COP3 Credito UNDP.org
La delegación argentina en la COP 3 del Acuerdo de Escazú, este mes de abril. Créditos: UNDP.org

Derechos socioambientales: ¡afuera! 

Hay que partir de la base que la Constitución de la Nación Argentina en su artículo 41 establece que toda la ciudadanía tiene derecho a vivir en un ambiente sano y sustentable, y el deber de protegerlo. Ese es el texto supremo en el que se basan las leyes que intentan cuidar el medio que vivimos, y que no puede contradecirse. 

Pero desde FARN plantearon que así lo hacen algunos artículos de la Ley Bases. Uno de ellos sostiene que las audiencias públicas podrán ser complementadas o sustituidas “por el mecanismo de consulta pública o el que resulte más idóneo, técnica o jurídicamente, para el logro de la mejor y más eficiente participación de los interesados y la adopción del acto de que se trate”. 

Según FARN estos conceptos jurídicos indeterminados brindarían a las autoridades una amplia esfera discrecional para decidir si una audiencia pública tendrá lugar o no.  “Implicaría un grave retroceso para la participación ciudadana en procedimientos administrativos vinculados con la preservación y protección del ambiente”, denunciaron.

“De la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) surge la obligatoriedad de la instancia de audiencia pública en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio”, recordaron. 

Por otra parte, el artículo 161 dispone la creación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Su objetivo es atraer inversiones de más de 200 millones de dólares con fines de exportación, para lo que ofrece una serie de beneficios aduaneros, tributarios, cambiarios y regulatorios.

“Desde un punto de vista socioambiental, resulta sumamente preocupante que ninguno de los artículos específicos del RIGI impone condición alguna a las empresas beneficiarias a la presentación de Estudios de Impacto Ambiental de sus proyectos”, planteó FARN, “o incluso carece de preocupación alguna por la realización de Evaluaciones de Impactos Acumulativos”.

A su vez, el artículo 5 del proyecto de ley Bases faculta al Poder Ejecutivo “a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos”. Desde FARN destacaron aquellos de relevancia para la política ambiental, como el Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos, el Fondo Nacional del Manejo del Fuego. 

Y afirmaron que entender a estos fondos como meras ‘cajas’ en lugar de comprender que son pilares de las políticas ambientales es un error. 


“¡Dale gas!” 

Frase que decía el “Negro” Oro y parece haber retomado la actual administración pública nacional. ¿A quién le “damos nuestro gas” (o recursos naturales) como argentines? 

De los 232 artículos que tiene el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, 51 son modificaciones, derogaciones o nuevos artículos de la Ley de Hidrocarburos N° 17.319. FARN explicó que apuntan a quitar atribuciones de intervención del Estado Nacional en el mercado para fijar precios y garantizar el abastecimiento energético interno, y a liberar las exportaciones.

“En este proyecto de ley queda explicitado que el propósito de la explotación hidrocarburífera es la obtención de ganancias, lo que da cuenta de una concepción sobre la energía como una mercancía y no como un derecho”, afirmaron.

Asimismo, se fijan plazos de concesión de 30 años para yacimientos no convencionales y de 35 para las plataformas offshore. “Esto último contradice abiertamente los compromisos climáticos asumidos por Argentina al ratificar el Acuerdo de París (Ley 27.270), puntualizó FARN en el documento. 

“El hecho de brindar concesiones por las próximas tres décadas no sólo compromete a futuros gobiernos sino también a generaciones futuras, vulnerando así el principio de equidad intergeneracional”, agregaron.

Estos son algunos de los puntos que comprometen la política socioambiental argentina. Podés acceder a la explicación de FARN en el siguiente link

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