jueves 28 de marzo de 2024

Preocupación por el fallo de un fiscal sobre torturas a un adolescente

Recientemente, un fiscal de La Plata calificó un hecho de tortura con descargas eléctricas como “apremios ilegales”. Margarita Jarque, de la Comisión Provincial por la Memoria, expresó su postura al respecto.
Foto 1 MArgarita Jarque Directora del Programa Litigios Estrategicos Fuente CPM Silvia Raggio
Margarita Jarque, Directora del Programa Litigios Estratégicos de la Comisión Provincial por la Memoria. Fuente: CPM.

El 26 de julio de 2020 en la Comisaría 6º de Tolosa, partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, un joven de 16 años fue sometido a amedrentamientos y golpes. Durante la tortura, que duró nueve horas, lo obligaron a permanecer de pie.

Además, el hecho más grave es que lo torturaron mediante descargas eléctricas por medio de una picana. De esta manera, los uniformados esperaban que brindara información y declarara respecto  del ilícito por el cual se encontraba detenido.

Esta aberrante práctica fue filmada por los propios policías y compartida por WhatsApp hasta que se viralizó. El material llegó a manos de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), quienes practicaron la correspondiente denuncia. 

Luego de casi un año de presentación de contundentes pruebas, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) 3 de La Plata ordenó el pedido de declaración indagatoria para los imputados, que se realizó el pasado viernes 14 de mayo. El fiscal Marcelo Martini imputó a los policías Mariano Andrés Arceu y Walter Fernando Rodríguez Muller por el delito de “apremios ilegales” al aplicarles descargas eléctricas al detenido.

Por otro lado, Rubén Oviedo y María Monserrat Chabur, imputados por encubrimiento y falso testimonio, también fueron llamados a declaración indagatoria. Al presentarse a declarar a la fiscalía dijeron no conocer el hecho; pero ante la prueba técnica de los celulares, se constató que fueron los primeros en recibir esos mensajes de WhatsApp por parte de los autores. Todos los policías imputados pertenecen a  la misma comisaría.

La palabra de la Comisión Provincial por la Memoria

Nota al Pie se puso en contacto con Margarita Jarque, Directora del Programa Litigios Estratégicos de la CPM. En dicho programa se representa judicialmente a víctimas de violaciones a derechos humanos y se realizan veedurías de procesos judiciales. El objetivo es luchar contra la impunidad y promover el real acceso a la justicia de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Jarque comentó que se trabaja en diversos casos; fundamentalmente en lo que respecta a la denuncia, al acompañamiento a víctimas y al patrocinio a víctimas en causas de este tipo. “El objetivo es visibilizar y obtener condenas ejemplares por aquellas prácticas del Estado en lo que es violación de derechos de las personas y en violación a la normativa; en aquellos hechos de violencia policial y carcelaria que se naturalizan”, explicó. Además, lamentó que estos sucesos crecen día a día en la provincia, y que en la pandemia hubo un recrudecimiento de esos casos.

Foto 2 Comision Provincial por la Memoria ubicada en La Plata Fuente CPM Silvia Raggio
Edificio de la Comisión Provincial por la Memoria, ubicado en La Plata, provincia de Buenos Aires. Fuente: CPM.

Apremios ilegales vs tortura

Según el fiscal Martini no se trataron de torturas sino de apremios ilegales porque “se entiende por apremios ilegales a los rigores que son usados para forzar a una persona a confesar, declarar algo o a influir en sus determinaciones. Lo que se intenta obtener en la figura del apremio es una confesión o declaración, violando así las garantías constitucionales”. Además agregó que no puede aplicarse la figura de tortura porque ésta se produce cuando hay graves sufrimientos físicos o sufrimientos psíquicos suficientemente graves. 

Respecto de la calificación con la cual el fiscal realizó las indagatorias, desde la CPM difieren con la decisión. Jarque explicó que “los apremios ilegales forman parte de una graduación de distintas figuras que el Código Penal establece respecto a las posibilidades de acción del personal policial de manera ilegal respecto de los particulares”.

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Comisaría 6º en Tolosa, La Plata, donde acontecieron los supuestos hechos de tortura contra un adolescente. Fuente: fmboedo.com.ar.

Aclaró además que lo cierto es que la tortura se define de la severidad, de las vejaciones y los apremios ilegales porque se establece claramente una graduación de la tortura. Su esencia radica en la intensidad y en la gravedad de esos padecimientos pero con un condimento. No se trata solamente del factor físico sino también del elemento moral, ya que el padecimiento puede ser moral y psíquico.

“Sólo resta imaginar lo que implica en términos concretos, y también en términos simbólicos, que un adolescente de 16 años esté siendo sometido a una sesión de tortura en un marco de golpes, en soledad, sin ningún tipo de respeto por sus derechos, y por otra parte en el marco de un interrogatorio feroz”, declaró preocupada. 

Además, se lamentó al afirmar que no es la primera causa con la que se encuentran con estas características; de este tipo de mirada restrictiva respecto de la tortura. Y agregó que es muy preocupante que la justicia mayoritariamente vea figuras menores donde claramente existe tortura.

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