Un juez designado por Milei deberá aguardar su lugar en la Corte a través del Senado

La Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de licencia de Ariel Lijo de la Cámara Federal, por lo que la Cámara alta deberá votar si admite al magistrado que el Presidente designó por decreto, junto al ya asumido Manuel García-Mansilla.
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El juez federal Ariel Lijo recibió un revés de la Corte Suprema y deberá renunciar a su cargo o someterse a la voluntad del Senado. Crédito: Ámbito

La propia Corte Suprema de Justicia le puso un freno a la designación del juez Ariel Lijo como integrante de la misma, debido a que este pretendía una licencia de su actual cargo en la Cámara Federal en lugar de renunciar como se le exige.

De este modo, Javier Milei encuentra un obstáculo con uno de los dos jueces que nombró a través del Decreto 137/2025 para el máximo tribunal, tras la toma del juramento por parte de Manuel García-Mansilla, el pasado 25 de febrero.

El Ejecutivo había mandado los pliegos de Lijo y García-Mansilla en marzo del año pasado, pero no consiguió avanzar en el Senado. Para su aprobación, es necesaria una mayoría de dos tercios para designar jueces de la Corte Suprema.

De este modo, y saltándose el procedimiento de la Constitución Nacional, Javier Milei decidió imponer sus jueces por decreto, acción que pone en crisis la independencia judicial.

Cabe resaltar que la Corte Suprema no se pronunció sobre el decreto presidencial para oponerse a que se integre el juez Lijo: de hecho, García-Mansilla se unió sin problemas. El rechazo fue porque Lijo ya ocupa otro puesto en la Cámara Federal y no le cabe una licencia, sino dimitir a su cargo.

En consecuencia, la votación requería una mayoría simple y así resultó, con votos de tres a uno, con Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y el flamante García-Mansilla por el rechazo, con Ricardo Lorenzetti votando finalmente en disidencia.

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Con el decreto “inconstitucional” de Javier Milei, Manuel García-Mansilla ya es parte de la Corte Suprema de Justicia. Crédito: Perfil

Con el ingreso por decreto de García-Mansilla, la Corte cuenta con cuatro de los cinco jueces tras el retiro de Juan Carlos Maqueda el año pasado, y más atrás en el tiempo, por la jubilación de Elena Highton de Nolasco, en 2021.

Lijo, en manos del Senado

El juez Ariel Lijo no pudo tomar la última vacante en la Corte Suprema de Justicia debido a un fallo del propio máximo tribunal. Ahora, Javier Milei deberá obtener el apoyo del Senado.

Cómo se sabe, y desde hace 20 años, Lijo forma parte de los tribunales de Comodoro Py como titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº4.

En busca de asumir en la Corte Suprema, Lijo había obtenido una licencia de la propia Cámara Federal, ante la negativa de renunciar a su cargo. Esa licencia fue revocada por el máximo tribunal.

De este modo, y ante la negativa a renunciar a su cargo, solo queda la vía formal del Congreso de la Nación para saber si se aprueba o se rechaza la postulación del juez federal.

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La Corte Suprema de Justicia quedó conformada por Horacio Rosatti como presidente, Carlos Rosenkrantz de vice, Ricardo Lorenzetti y Manuel García-Mansilla. Crédito: Corte Suprema

La razón por la cual Lijo se niega a renunciar a la Cámara Federal se debe a que su designación por el decreto de Milei lo pone en el cargo hasta noviembre, con la posibilidad de que el Congreso termine dejándolo afuera hacia fin de año, y así, quedarse sin el pan y sin la torta.

En resumen, la Corte Suprema rechazó la licencia de Lijo por resultar incompatible ostentar una doble investidura judicial. A su vez, el máximo tribunal destacó que la competencia para otorgar licencias de excepción recae exclusivamente en la Corte.

ONGs presentaron un recurso de amparo

Un grupo de ONGs se presentó ante la justicia para imponer un recurso de amparo contra el decreto de Javier Milei que designa dos jueces por decreto. El argumento radica en que dicho DNU es violatorio de la Constitución Nacional y exigen que se respete la intervención del Senado tal como se contempla.

La solicitud del recurso de amparo lleva la firma de la Fundación Poder Ciudadano, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El CELS expresó en su página web que, por otro lado, el decreto de Milei constituye una “gravísima afrenta a la división de poderes y a la independencia judicial”.

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