miércoles 8 de abril de 2026

La Ley Olimpia llegó al Congreso para debatir la incorporación de la violencia digital como delito

Aprobada con 191 votos a favor, el proyecto busca que la difusión de materiales íntimos sin consentimiento tenga consecuencias penales. Desde Nota al Pie te contamos cómo nace la legislación y la historia de quien le pone nombre.
ley olimpia
El objetivo de la ley es que se reprenda penalmente a les responsables por la viralización material sexual sin consentimiento. Crédito: Expansión Política

La Cámara de Diputados aprobó, con 191 votos a favor, el proyecto de Ley Olimpia Argentina, la cual incorpora la figura de la “violencia digital” como una modalidad de violencia y la promoción de programas de alfabetización digital.

Nota al Pie te cuenta los puntos más importantes de la propuesta legislativa y por qué es un proyecto crucial para la era actual. 

Los puntos centrales del proyecto sobre violencia digital

El proyecto de ley, que fue aprobado en junio, es una iniciativa que nació por la activista mexicana Olimpia Coral Melo, una sobreviviente de la difusión no consentida de material íntimo. 

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En Argentina, se busca modificar la Ley 26.485 de Violencia Contra la Mujer e incorporar la figura de violencia digital.

En ese sentido, la propuesta establece modificar el artículo 6 de la ley vigente e incorporar como delito a toda aquella vulneración que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

Se considerará todo aquello que “implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres”.


En esta misma línea, de ser aprobada, la ley permitiría adoptar medidas cautelares de protección por parte de la Justicia, entre ellas la de ordenar a las plataformas digitales que quiten el contenido que genera la violencia. No obstante, aún se encuentra pendiente la incorporación de una serie de ciber delitos contra integridad sexual en el código penal. Los mismos están contemplados en el proyecto de código penal que fue enviado al Congreso en el 2019.

La Ley Olimpia reconoce la violencia digital de género como otra forma de violencia hacia las mujeres, y la incorpora en la Ley 26485. 

A su vez, la propuesta busca incorporar que se “ordene la prohibición de contacto del presunto agresor hacia la mujer que padece violencia por intermedio de cualquier tecnología de la información y la comunicación, aplicación de mensajería instantánea o canal de comunicación digital”.

La lucha de Olimpia Coral Melo 

El proyecto de Ley Olimpia Argentina está inspirado en la Ley Olimpia Mexicana. Olimpia Coral Melo, impulsora del proyecto, sobrevivió a un episodio de difusión no consentida de material íntimo. 

Su causa la llevó a conseguir la sanción de leyes en más de 20 estados mexicanos y a nivel federal. Así, gracias a su militancia, hoy es reconocida alrededor del mundo.

Olimpia Coral Melo sufrió violencia por parte de su pareja, quién difundió un video sexual que se viralizó por México. Frente a esta situación, la joven cayó en una depresión y, tras una larga lucha, fundó junto con otras colegas el Frente Nacional para la Sororidad.

Ley Olimpia
Olimpia Coral Melo le da el nombre a la ley. Se trata de una joven activista mexicana que sufrió divulgación de material íntimo por parte de su ex pareja y, hoy, es referente de leyes en distintos países de Latinoamérica. Crédito: Elgritodelsur.com.

Su objetivo es prevenir la violencia virtual y acompañar a las mujeres que la padecen. Luego de presentar una iniciativa de Ley en el Congreso del Estado de Puebla, logró que este tipo de actos sea condenado con hasta seis años de prisión.

El motivo de su lucha ha hecho eco en otros países. En la actualidad, el proyecto se adaptó en distintos lugares del mundo y se encuentra en discusión en los Congresos de Argentina, Honduras, Ecuador y en los estados de Los Ángeles y Washington, Estados Unidos.

Ley Olimpia y Ley Belén

Para comprender un poco más las diferencias entre ambas propuestas, habrá que comprender de qué hablamos cuando hablamos de violencia digital. En ese sentido, son aquellas acciones en las que, por su naturaleza, atenten contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres y hombres. Las mismas pueden causar daño psicológico, económico, sexual o moral tanto a la víctima o a sus familiares. Si bien el proyecto Olimpia busca tipificar el delito de violencia digital, la Ley Belén propone incorporar en el Código Penal una serie de medidas. Entre ellas se destaca la prisión para el agresor, con una pena de entre tres meses a dos años.

Ley Olimpia
Si bien hay antecedentes de otros proyectos que solo alcanzaron media sanción, estas dos nuevas propuestas buscan que se pueda convertir en ley. Crédito: sitio andino

Esta medida es para quien (sin autorización de la víctima o mediando engaño) difunda material íntimo utilizando un medio de vídeo grabable o audio grabable. También se aplica para quién fotografíe, grabe o elabore documentos con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas.

Ambos proyectos son complementarios. Uno busca que se aplique como ley el delito de violencia digital, y la otra que se castigue a quien esté detrás de la difusión. En un mundo tecnológico, la violencia digital está cada vez más presente, contar con herramientas que protejan a las víctimas permite que nuestros derechos se amplíen y respeten. 

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