miércoles 17 de abril de 2024

Masacre Pilagá, un genocidio de Estado

Nota al Pie dialogó con la abogada del caso, Paula Mercedes Alvarado, quien contó cómo sigue la causa judicial
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Gendarmería Nacional invadiendo el territorio de les Pilagá y exigiéndoles que vayan a las reducciones Foto extraída de www.marcha.org.ar Es una Fotografía publicada en el libro de Valeria Mapelman (2015), Octubre Pilagá. Memorias y archivos de la masacre de La Bomba, Buenos Aires: Tren En Movimiento Ediciones, tomada de El último alzamiento, Revista de Gendarmería Nacional (1992).

En el año 1947, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón, el ministro de Guerra y Marina con la aprobación del ministro del Interior; dio la orden a Gendarmería Nacional, de reprimir a les Pilagá; quienes se encontraban en el paraje de La Bomba, cerca de Las Lomitas, (Formosa); por negarse a ir a las llamadas reducciones aborígenes.

Estas reducciones, eran espacios concentracionarios, gestados durante la invasión española en el siglo XVI. Allí se llevaba a les indígenas luego de las campañas militares o los desalojos por parte de empresas; para tenerles amontonades como mano de obra barata, explotándoles económica, física y emocionalmente. 

Les Pilagá sabían lo que sucedía en estas colonias, porque generaciones pasadas ya habían transitado esos espacios de tortura. A mediados del siglo XX el Estado argentino expropió los territorios ancestrales; cumpliendo el objetivo que ya en el siglo XIX el general Victorica; ministro de guerra y marina del presidente Julio A. Roca pregonó: la conquista del gran Chaco y el sometimiento de les indígenas como mano de obra barata para las industrias. 

En estas reducciones, familias enteras fueron obligadas a trabajar para ingenios azucareros, algodonales y obrajes. La situación era paupérrima: salarios insignificantes, mala alimentación, maltrato físico y violaciones a las mujeres. En el año 1946, el trabajador, según el gobierno peronista; era el destinatario de todos los derechos, pero los Pilagá nunca fueron sujetos de derechos y su situación no mejoró. 

Matanza Pilagá

En 1947 les Pilagá se encontraban reunides en el paraje La Bomba. Allí había un sanador llamado Tonkiet, en castellano, Luciano Córdoba, que agrupó a cientos de personas las cuales querían conocerlo. Los gendarmes intentaron desalojarles, pero no fue posible. La población Pilagá se mantuvo firme en su territorio, con sus rituales y su forma de vida autóctona.  

Luego, el administrador de las reducciones indígenas, les pidió que se retirasen del lugar y vayan a las mismas. De todas formas, no dieron el brazo a torcer y más allá de que luego gendarmería trató de desalojarles nuevamente; las familias indígenas no se retiraron. Finalmente, el 10 de octubre de 1947, la gendarmería se posicionó con fusiles y ametralladoras pesadas y comenzó la matanza.

Ancianes, mujeres, hombres, niñes, intentaron escaparse de aquella balacera interminable. La persecución no cesó sino hasta fines de octubre. Algunes pudieron escapar por el monte; pero la gendarmería logró fusilar, violar, desalojar, torturar, a muchísimes de les Pilaga. También hubo desapariciones, fosas comunes y traslados forzosos a las reducciones. 

En búsqueda de justicia

Les Pilagá que sobrevivieron a la masacre, conformaron en los años ’80 una Federación de Comunidades Indígenas del pueblo Pilagá. En ese entonces ya existía la idea de llevar adelante un juicio contra el Estado argentino. 

En el año 2005, la federación inició una acción penal y una demanda civil contra el Estado nacional. El juez federal Mario Bruno Quinteros, dio lugar a la demanda y ordenó la búsqueda de pruebas a un equipo forense; que en el 2006 encontró restos humanos de 27 cuerpos. 

La abogada actual de la causa, Paula Mercedes Alvarado, conversó con Nota al Pie. Ella conoció en octubre del 2013, a Noolé Cipriana Palomo, integrante del Consejo de Mujeres de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá; Bartolo Fernández, presidente de la Federación; quien falleció por coronavirus en julio de este año y Tomás Domínguez, secretario de la Federación; les tres hijes de sobrevivientes de la masacre.

En ese entonces, Palomo, Fernández y Domínguez se encontraban en Buenos Aires para informar “que no tenían acceso al expediente. A partir de ahí empezamos hacer un trabajo de empoderamiento”.

“En primer lugar fue una búsqueda de ver qué era lo que había en el expediente, porque en su momento me habían dicho que no eran querellantes; y después viendo el expediente nos enteramos que sí estaban como querella. Después yo viajé para Las Lomitas, en enero del 2014, y empezamos a trabajar”, relató Alvarado.

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Grupo de indígenas de la también masacrada comunidad Napalpí, con sus brazaletes identificatorios. Fuente: Instituto Ibero Americano de Berlín (1924), Fondo Lehmann-Nitsche, Carpeta de Fotografías. Berlín, Alemania.

Juicio civil y penal

La demanda civil supuso la denuncia al estado nacional por daños y perjuicios contra la nación Pilagá. La acción penal “lo que buscaba era una condena efectiva de alguna persona imputada. Hubo un imputado, que después falleció, que es el copiloto del avión, Carlos Smachetti”, quien disparó desde las alturas a la comunidad. 

En el caso civil hubo dos sentencias, la primera pertenece al juzgado de primera instancia de Formosa, donde se declaró a la causa como un crimen de lesa humanidad. 

La federación junto con Alvarado, apeló esta declaración, “diciendo que en realidad era un genocidio. La cámara de resistencia nos dio la razón en febrero de 2020. Se mantuvo la sentencia en los mismos términos que la de primera instancia; pero en sus párrafos menciona que debe registrarse la causa bajo el término de genocidio”. 

La abogada explicó a Nota al Pie, que “hay una diferencia clave entre lesa y genocidio, que es en la intención de querer exterminar a un pueblo; que lesa humanidad no lo tiene, por ende, estamos hablando de dos tipos de delito totalmente distintos”. 

“Es la primera causa que fue declarada como genocidio en el estado argentino asique es una causa madre que sirve para el resto de los pueblos; para que empiecen a ver que eso es posible”, recalcó la abogada.

Un genocidio y un etnocidio

Alvarado, junto con la federación, pidieron también que la causa se caratule como etnocidio, ya que también se exterminó la cultura de les Pilagá. Quienes fueron llevades a la fuerza a las reducciones tenían prohibido hablar su idioma; se les cambió sus nombres, les niñes eran enviades a los internados; se les separaba de sus familias, perdiendo así su identidad, sus derechos, su cosmovisión. 

A su vez, en el 2019, solicitaron “un juicio por la verdad y estamos todavía a la espera de que se lleve adelante”. “Actualmente el expediente se encuentra en la corte”, afirmó Alvarado. La sentencia aún está apelada. Tanto las partes actoras como la parte demandada apelaron en primera y segunda instancia. 

Existió recientemente un acercamiento “con las nuevas autoridades de la secretaría de derechos humanos. Concretamente con un área correspondiente a litigio judiciales; para que ellos entiendan la responsabilidad estatal y lo tienen claro, pero bueno tampoco son los que responden los expedientes”.

Estado genocida

El estado a su vez, en las dos instancias, también apeló, pero “no dice, yo no reconozco la masacre; sino que manifiesta determinadas cuestiones procesales de un expediente: no hay competencia jurídica, el crimen esta prescripto; no es la federación quien tiene que llevar adelante la demanda; no existía un pueblo registrado en aquel momento. Son los códigos para poder rebatir, forma parte de un proceso civil, que es una demanda de daños y perjuicios”.  

Por otro lado, “abogados anteriores, que provenían del peronismo, adjudicaron la responsabilidad solamente a gendarmería; sin entender que era en un contexto, en un gobierno, en un estado; y con distintos documentos que avalaban que el presidente había; no digo ordenado la matanza, pero sí había modificado determinados ministerios para darle el paso libre a la gendarmería”, aclaró Alvarado. 

Foto 3 Federacion de Comunidades Indigenas del Pueblo Pilaga junto a la abogada Paula Mercedes Alvarado Credito Indymedia Argentina Paula Daguerre
Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá junto a la abogada Paula Mercedes Alvarado Crédito: Indymedia-Argentina

Resarcimiento simbólico

Aparte del resarcimiento económico, lo que la federación busca concretamente y especialmente, es la verdad, y “una especie de perdón del estado. Es más simbólico lo que pide la federación, y eso la secretaría lo tiene claro. Igualmente, no hicieron esa manifestación en el expediente, pero por lo menos es una fuerza de voluntad. Nosotros como federación lo tenemos en cuenta porque es un órgano del estado”.

Respecto a la duración de la causa, la abogada expresó: “Hay causas que están cinco años, hay causas que pueden salir mañana, es re político esto; los jueces son políticos”. 

Norita Cortiñas, el SERPAJ y la APDH La Matanza, se constituyeron como amicus. Yo lo que hice el año pasado es que los amicus manden una nota; solicitando la resolución. Cada tanto la abogada de SERPAJ llama a la corte, y pregunta. Es un poco de presión que hacemos desde a fuera para que vean que hay gente que está a las expectativas de este caso; para que tampoco la corte crea que puede resolver cuando quiere”, recalcó, por último.

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