sábado 14 de marzo de 2026

Para un fiscal las descargas eléctricas contra detenides no son una tortura

Un fiscal no considera a las descargas eléctricas como torturas sino como apremios ilegales.
Apremios ilegales Infocielo.
Comisaría donde se produjo el hecho. Créditos: Infocielo.

A fines de julio del año pasado, detuvieron a un adolescente de 17 años por presunto robo en la localidad de Tolosa, La Plata, provincia de Buenos Aires. Una vez trasladado a la Comisaría 6º, lo obligaron a permanecer de pie durante 9 horas mientras dos policías le realizaban descargas eléctricas para que confiese datos del robo y de sus cómplices.

Toda esta situación quedó registrada por una filmación del celular por otres uniformades, y los videos se viralizaron mediante Whatsapp hasta llegar a los medios de comunicación.

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Además, también se han incorporado a la causa los testimonios de otres detenides en esa misma comisaría, quienes declararon que dos efectivos policiales masculinos estaban “picaneando” a una persona en el Casino de Suboficiales.

Preocupante fallo

Luego de casi un año de presentación de contundentes pruebas; la UFIJ 3 de La Plata ordenó el pedido de declaración indagatoria para los imputados, que se realizará el viernes 14 de mayo. El fiscal Marcelo Martini; imputó a  los policías Mariano Andrés Arceu y Walter Fernando Rodríguez Muller por el delito de “apremios ilegales” al aplicarles descargas eléctricas al detenido.

También serán llamados a declaración indagatoria les uniformades Rubén Oviedo y María Monserrat Chabur por el delito de “falso testimonio y encubrimiento agravado”. En un primer momento habían negado conocer los golpes y las descargas eléctricas que sufrió el joven. Pero luego se determinó mediante pericias, que elles habían recibido el video de las torturas por Whatsapp.

Según el fiscal no se trataron de torturas sino de apremios ilegales porque “se entiende por apremios ilegales; a los rigores usados para forzar a una persona a confesar, declarar algo o a influir en sus determinaciones”.

Lo que se intenta obtener en la figura del apremio es una confesión o declaración, violando así las garantías constitucionales”. Además agregó que no puede aplicarse la figura de tortura porque ésta se produce cuando hay graves sufrimientos físicos o sufrimientos psíquicos suficientemente graves. 

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