
La organizaciรณn no gubernamental (ONG) Basta de Demoler junto al Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) logrรณ frenar la construcciรณn de un gran edificio en el barrio de San Telmo, en la Ciudad Autรณnoma de Buenos Aires (CABA).
El Tribunal Superior de Justicia, decidiรณ rechazar de forma unรกnime los recursos del Gobierno de la Ciudad y de la empresa constructora TGLT. Se trata de un amplio proyecto emplazado entre las calles Bolรญvar Nยฐ 1545/93, Perรบ Nยฐ 1560/92 y Av. Caseros Nยฐ 527/99.
Las autoridades gubernamentales habรญan otorgado un permiso de obra para construir un mega emprendimiento inmobiliario de mรกs de media manzana. Sin embargo, esa autorizaciรณn incluyรณ una habilitaciรณn para exceder los lรญmites de altura previstos para el Casco Histรณrico.
Ante esa circunstancia, la ONG Basta de Demoler acudiรณ al Poder Judicial con el patrocinio del abogado Jonatan Baldiviezo del ODC. Luego de un extenso proceso judicial, lograron que el emprendimiento inmobiliario deba reducir la altura proyectada para ajustarse a la normativa vigente.
Para conocer detalles del conflicto inmobiliario y urbanรญstico, Nota al Pie entrevistรณ a Jonatan Baldiviezo, el abogado que llevรณ adelante el expediente.
ยฟQuรฉ es el proyecto Astor San Telmo?
Es un emprendimiento ubicado a una cuadra del Parque Lezama. Es un proyecto de gran envergadura ya que ocupa mรกs de media manzana. La iniciativa habรญa obtenido una autorizaciรณn por parte del gobierno para edificar hasta 30 metros de altura.
El problema es que ese permiso viola el Cรณdigo de Planeamiento de la Ciudad, que establece un lรญmite de 22 metros en la calle Caseros. En el caso de la calle Bolรญvar, lo mรกximo que se puede construir es hasta 13 metros. Es decir, el gobierno autorizรณ un proyecto que duplicaba la altura permitida establecida por ley.
ยฟEs urbanรญsticamente viable una construcciรณn moderna de gran envergadura en un sector al que se denomina Casco Histรณrico, cuando se pretende conservar su esencia tradicional y cultural?
Precisamente, los lรญmites de altura que establece el Cรณdigo de Planeamiento tienen por objeto proteger la trama urbana del Casco Histรณrico. Esta se caracteriza por no tener una gran densidad constructiva ni tampoco de altura, a excepciรณn de algunas avenidas.
ยฟEn quรฉ consiste el reciente fallo judicial que le puso lรญmites al proyecto Astor San Telmo?
A la Justicia nos presentamos el Observatorio del Derecho a la Ciudad y Basta de Demoler, denunciando las ilegalidades de esta construcciรณn en el Casco Histรณrico. Tuvimos tres sentencias a favor, tanto en primera instancia, segunda instancia y en el Tribunal Superior de Justicia. En todas ellas se ratificรณ que se habรญa otorgado un permiso que violaba el Cรณdigo de Planeamiento.
En esta ocasiรณn, el Tribunal Superior rechazรณ los recursos presentados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para acudir a la Corte Suprema. Si el gobierno o la empresa no quiere que la sentencia quede firme, tendrรกn que recurrir por vรญa de queja a la Corte Suprema. La vรญa directa ya fue rechazada. Esto implica que se achican los caminos judiciales que tiene el gobierno o la empresa para defender la autorizaciรณn ilegal.
Resulta sorprendente que el gobierno ponga tanto empeรฑo en proteger una excepciรณn inmobiliaria de la empresa en vez de procurar proteger el Casco Histรณrico.
El hecho de que el emprendimiento estรฉ ubicado dentro del Casco Histรณrico, ยฟfue un factor que influyรณ para que el Poder Judicial frenรฉ la iniciativa?
Obviamente, como el Astor San Telmo estรก ubicado en el Casco Histรณrico, se tratรณ de una demanda tanto ambiental como patrimonial. Asรญ tambiรฉn lo consideraron los jueces. Es ambiental porque la modificaciรณn a la planificaciรณn afecta al ambiente urbano, es parte de la armonรญa constructiva y de calidad de vida. Y es patrimonial porque la morfologรญa de ese sector tiene que ver con la historia de la ciudad y sus inicios.
ยฟCuรกles fueron los argumentos presentados por el gobierno de CABA para defender el proyecto de un moderno mega edificio en el Casco Histรณrico?
El gobierno, para justificar la altura que violaba el Cรณdigo de Planeamiento argumentรณ que el edificio proyectado se encontraba muy cercano a otros edificios de gran altura.
Dentro de los fundamentos, citaron el edificio Schindler ubicado en la manzana opuesta, en diagonal. La cuestiรณn es que ese edificio es previo al establecimiento del รrea de Protecciรณn Histรณrica 1 (APH1). Las normativas de la Ciudad permitรญan en el pasado grandes alturas. Pero esas alturas se fueron reduciendo con los distintos Cรณdigos de Planeamiento que se fueron aprobando.
El gobierno de CABA sistemรกticamente otorga excepciones a lo dispuesto por el Cรณdigo Urbanรญstico. ยฟA quรฉ se debe esa prรกctica habitual?
Desde que asumiรณ esta gestiรณn en el aรฑo 2008 se fueron otorgando muchas excepciones inmobiliarias denominadas โInterpretacionesโ. Estas eran efectuadas por la Secretarรญa de Catastro o por la Direcciรณn de Interpretaciรณn Urbanรญstica.
Se les denomina โinterpretacionesโ porque el Poder Ejecutivo no tiene facultades para establecer excepciones inmobiliarias a una planificaciรณn general. Quien tiene esa facultad es la Legislatura porteรฑa. Creemos que la sistematicidad de otorgar interpretaciones, que fueron detectadas de manera reiterada por la Justicia, implicarรญa una forma de hacer caja polรญtica en la Ciudad de Buenos Aires.
ยฟDeberรญa planificarse un desarrollo de estos grandes emprendimientos en sectores con menor densidad poblacional?
Obviamente, el gobierno otorga estos permisos que aumentan la capacidad constructiva en parcelas de alto valor inmobiliario. Los metros cuadrados donde se autoriza ilegalmente a construir son muy valiosos. Allรญ el negocio cierra.
Hoy vemos varios conflictos, donde asambleas barriales estรกn cuestionando la planificaciรณn de sus barrios. El Cรณdigo Urbanรญstico introducido en el aรฑo 2018 es producto de una planificaciรณn autoritaria que no se basรณ en lo que pretendรญan los habitantes de estos barrios.
En primer lugar, la planificaciรณn tiene que ser democrรกtica, esto es, basada en la democracia participativa. En segundo lugar, no se deben autorizar construcciones por sรญ mismas, sino que deben observarse las necesidades de la poblaciรณn. La actual necesidad es de acceso a la vivienda.
En Buenos Aires hay una crisis habitacional, y la habilitaciรณn de complejos habitacionales suntuosos no contribuye en absoluto a mitigar esa necesidad. Esto se debe a que estos emprendimientos son inaccesibles para la mayor parte de la poblaciรณn porteรฑa.
Estos edificios no constituyen vivienda sino activos inmobiliarios para reserva de valor, o elementos para blanquear capital. No estรกn orientados a que la poblaciรณn pueda acceder a una vivienda. Una buena planificaciรณn debe considerar quรฉ tipos de emprendimientos se estรกn impulsando y cuรกles son las verdaderas necesidades habitacionales.