“La ley debe brindarle los mismos derechos y exigirle las mismas obligaciones que a la progenitora gestante”, declaró la Justicia, y ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) el pago de la asignación por maternidad a una madre no gestante que había pedido licencia en el trabajo, informó a Télam el Ministerio Público Fiscal.
A través de un amparo, el juez federal subrogante del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 10, Ezequiel Pérez Nami, llamó al organismo a pagarle la licencia por maternidad. Según explicó en el fallo, “la madre no gestante es madre a todos los efectos jurídicos plenos”, lo que fue consignado por el sitio fiscales.gob.ar.
El juez entendió que en este caso debe respetarse “la protección de la salud del niño/a, su desarrollo físico y emocional y, por sobre todas las cosas, se le debe brindar la garantía de seguridad económica familiar”. Esto se dio en consonancia con el dictamen de la fiscal subrogante de la Fiscalía Federal de Seguridad Social N° 1, Mariana Grinberg.
El caso de la madre no gestante
Lo que dio inicio a la causa judicial fue que una mujer que había sido madre con su pareja, quien gestó el niño a partir de un tratamiento de fertilidad, presentó un amparo contra la Anses y contra el Poder Ejecutivo Nacional (PEN). En el mismo, exigió que se reconozca el pago de la asignación por maternidad contemplada por el artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo, N° 20.744, y el artículo 11 de la Ley del Régimen de Asignaciones Familiares, N° 24.714.
A través de estas normas se establece que, durante el período de licencia, la trabajadora conserva su puesto de trabajo y tiene derecho a percibir una suma equivalente a su remuneración bruta, denominada “asignación por maternidad”. La misma no posee carácter remunerativo, sino que es una prestación de la Seguridad Social que atiende precisamente la contingencia de la maternidad.
En este caso, la empleadora de la madre no gestante le había otorgado la licencia por maternidad por tres meses, pero la Anses rechazó la asignación por no encontrarse embarazada.
Avances necesarios
“Si bien en el ámbito académico, doctrinario y jurisprudencial ya se están dando los avances necesarios para alcanzar soluciones que cubran de manera eficaz las nuevas necesidades de la sociedad, en materia de legislación de asignaciones el proceso de adaptación es paulatino y se encuentra en constante evolución”, resaltó Pérez Nami.
El juez concluyó: “Es evidente que se precisa el dictado de una nueva ley nacional de licencias y asignaciones familiares que facilite la inserción de las mujeres en el mercado laboral con una mejor división de responsabilidades y evite una ‘discriminación inversa’ para el componente masculino o femenino no gestante de la pareja”.