viernes 19 de abril de 2024

“Derecho al Tiempo”: una iniciativa contra los delitos sexuales a menores

El Movimiento Derecho al Tiempo Argentina (DATA) presentó un proyecto de ley que busca declarar imprescriptibles las diferentes modalidades de abuso sexual en la infancia.
Foto 1 7 Diego Raggio
La violencia sexual en la infancia y adolescencia es una experiencia traumática que por sus características motiva al silencio y el ocultamiento. Como consecuencia, la edad promedio para develar el crimen se estima alrededor de los 52 años, informan desde DATA.  Crédito: puradata.com.

El pasado viernes, se presentó en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley “Derecho al Tiempo”, con el fin de lograr la imprescriptibilidad de las diferentes modalidades de abuso sexual en la infancia. El mismo es impulsado por el Movimiento Derecho al Tiempo Argentina (DATA), conformado por activistas; profesionales y sobrevivientes de este crimen. Trabajan desde lo jurídico, sociológico y psicológico, acompañando y defendiendo a las víctimas.

Sobre el proyecto de ley

Esta iniciativa propone también que se reemplace el término “abuso sexual” por el de “violencia sexual contra la infancia y/o violencia sexual”, ya que existen diferentes tipos de violencias previstas en la Ley 26.485, por tratarse de una relación desigual de poder. 


Si bien a lo largo de estos años hubo un avance en lo legislativo, todavía miles de víctimas no logran obtener la justicia que necesitan. Es por ello que señalan que este crimen no debe prescribir jamás.

En este marco, este miércoles 27 de julio a las 20, DATA realizará un vivo de Instagram para dar detalles del proyecto y contestar preguntas en @derechoaltiempo.

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El Movimiento Derecho al Tiempo presentó un proyecto de ley para lograr la imprescriptibilidad de las diferentes modalidades de abuso sexual en la infancia. Crédito: Facundo Esmereles, Nota al Pie.

Adecuarse a los tiempos

“Hasta el momento los tiempos de las víctimas no coinciden con los plazos judiciales”, explicó la psicóloga Sonia Almada a Télam. “Esto es muy grave porque la falta de justicia no ayuda a la recuperación y el dolor no prescribe”, agregó la presidenta de la organización Aralma contra las violencias en la infancia, una de las que integran el Movimiento.

A su vez, aseveró que “las y los sobrevivientes de agresiones sexuales padecidas en la infancia y adolescencia logran identificarse como víctimas de un crimen largos años después de sucedido el o los hechos denigrantes”. 

Además, sostuvo que “el abuso sexual no se puede homologar a ningún otro crimen porque se trata de un crimen en continuo. No sucede solo en el o los momentos en que se perpetra la violencia en la infancia, sino que las secuelas acompañan a los sobrevivientes a lo largo de toda la vida”.

“Este es un crimen especial que afecta a una víctima especial -un bebé, niño, niño u adolescente-, que por su propia vulnerabilidad e indefensión la mayoría de las veces no comprende qué le está sucediendo”, resaltó. 

Al respecto, Almada detalló que “necesita mucho tiempo: tiempo para comprender lo sucedido, tiempo para metabolizarlo, tiempo para contárselo a un adulto que pueda creerle y en quien confiar, y mucho tiempo para pensar en denunciar”.

Foto 3 7 Diego Raggio
Sonia Almada explicó a Télam que la denuncia “es especialmente difícil porque el pederasta es, en la enorme mayoría de los casos, una persona del núcleo cercano de la víctima”. Crédito: Sonia Almada (TW).

Aspectos legales

Este proyecto de ley propone algunas modificaciones en el Código Penal. En relación a la prescripción, se indica cambiar el párrafo cuarto del artículo 67 que había sido reformulado en 2015. Se considera como plazo de la imprescripción “desde la Declaración de los Derechos Humanos como principio ‘pro homine – pro minoris’ y se extinga por muerte de la víctima”.

Al ser la ley irretroactiva no puede aplicarse hacia atrás, por lo que no contempla ‘el derecho al tiempo’ de les sobrevivientes anteriores a la Ley 27.206 de 2015. “Lo que se plantea es la necesidad de suspender la retroactividad a todas las víctimas con un plazo anterior aquel año, considerándose las Leyes convencionales y constitucionales incorporados desde 1994”, explicó Norma Fernández, quien también integra DATA.

Además, en el artículo 4 del proyecto presentado se plantea que “el Estado tiene la obligación de garantizar a las víctimas de los delitos declarados imprescriptibles en esta ley, e independientemente de la edad que tengan al denunciar o solicitar asistencia, el abordaje integral adecuado al caso antes, durante y posterior al proceso judicial”.

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