martes 3 de diciembre de 2024

Se reabre el debate por el Código de Convivencia Ciudadana en La Plata

El actual Código de Faltas Municipal de la capital bonaerense data de 1985. El intendente Julio Garro intenta sancionar un nuevo Código, con algunos puntos en discusión.
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A fines de 2020, hubo al respecto una reunión conjunta con la Comisión Provincial por la Memoria, la Universidad Nacional de La Plata y el Concejo Local de la Niñez. Crédito: Twitter Consejo Deliberante La Plata.

El jueves 10 de junio se volvió a tratar el nuevo Código de Convivencia que el intendente Julio Garro, de Cambiemos, propone para la ciudad de La Plata. Fue en el marco de la reunión de la Comisión de Seguridad y Derechos Humanos del Concejo Deliberante de la capital bonaerense. 

El actual Código de Faltas Municipal de La Plata data de 1985. El 5 de marzo de 2018, el intendente Julio Garro decretó la creación de una Comisión; que redactaría el anteproyecto para un nuevo Código de Convivencia Municipal. La aprobación del mismo todavía sigue en discusión. 

La finalidad del nuevo proyecto es “preservar el espacio público como lugar de buena convivencia, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y esparcimiento”. También hace referencia al respeto de los derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones culturales, políticas, lingüísticas y religiosas.

Algunos puntos tienen un amplio apoyo político. La presidenta de la Comisión de Seguridad del Concejo Deliberante, Romina Cayón, hizo alusión a uno de ellos. Afirmó en sus redes sociales que La Plata es el primer municipio bonaerense “en eliminar la sanción de arresto e incorporar Trabajo Comunitario y Talleres de Convivencia Ciudadana”. 

Otros ítems de consenso general son los que determinan la limpieza en los espacios públicos y cuidado del medio ambiente; y los que penalizan el acoso callejero. También, algunos de los que protegen a los animales de la ciudad y promueven su tenencia responsable; o los que prohíben el humo de cigarrillo en espacios comunitarios.

Las manifestaciones masivas en la vía pública: ¿a favor o en contra?

Sin embargo, hay algunas temáticas en las que los partidos políticos de la oposición difieren. También, desde 2018, hubo manifestaciones de algunos sectores de la ciudadanía sobre propuestas que plantean restricciones en la vida cotidiana. 

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El jueves se reunieron de forma virtual les componentes de la Comisión de Seguridad, para debatir el proyecto de Código. Crédito: Twitter Concejo Deliberante La Plata.

Uno de los temas que genera más polémica es el que limita los alcances de las marchas en la vía pública. El artículo 149 del proyecto plantea que para la realización de “actos, manifestaciones, movilizaciones o expresiones similares a desarrollarse en el ámbito de la ciudad, se pondrá a disposición el uso delimitado del espacio público”. 

El artículo 150 plantea que el traslado en una manifestación o movilización deberá ser por las veredas; o si es por las calzadas se debe habilitar un carril para la circulación vehicular. “Se encuentra expresamente prohibido obstaculizar la vía de circulación del transporte público”, completa el ítem. 

Y “el que realizare todo tipo de grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo (…) o bien rayara la superficie, sobre cualquier elemento del espacio público (…) será sancionado con multa de 100 a 1500 módulos y/o arresto de hasta 15 días”.

Las manifestaciones masivas son algo cotidiano en la capital bonaerense, por la cantidad de organismos públicos provinciales que alberga. Por eso, esta forma de coartar la expresión de reclamantes y minorías causa rispideces con el resto de los partidos políticos que deben discutir la aprobación del proyecto.

El apartado para los actos públicos alcanza un fenómeno que creció mucho en entre les jóvenes platenses en la última década. Se trata de los festejos escolares como “el último primer día”, en los que les egresades de los colegios secundarios se reúnen frente a la institución educativa a festejar ese momento de su vida escolar.

En este sentido, el artículo 151, plantea que “serán sancionados con multa de 50 a 600 módulos y/o trabajo comunitario, los padres, tutores o guardadores de menores de edad, por los daños que éstos causaren en el espacio público municipal” con motivo de esas celebraciones. Sin duda, otra disposición que generará polémica en la comunidad platense.

Otros artículos en discusión 

Desde que comenzó la redacción del proyecto en 2018, hubo otro tema que generó reacciones contradictorias. Se trata del referido a la prohibición del trabajo sexual, anunciado en el artículo 216. A partir de esto, muchas organizaciones se pronunciaron en contra, como el Sindicato de Trabajadorxs Sexuales (AMMAR) La Plata

El proyecto también intenta regular la venta ambulante que no sea con productos autorizados. En la misma línea, desea limitar las actividades que se realizan en los semáforos, frente a los vehículos que allí se detienen (limpiavidrios, malabaristas, expresiones artísticas).

En una ciudad de más de 800 mil habitantes y con una creciente crisis económica en el país, ¿será posible frenar estas actividades? Muchas personas dependen para vivir de la venta ambulante; de sus puestos o mantas en las calles comerciales o de lo que recolectan en un semáforo. ¿Hasta qué punto se pueden regular las expresiones masivas? ¿Cómo limitar las movilizaciones de organismos y comunidades en la ciudad capital de la provincia de Buenos Aires? Sin duda, en un año electoral, la definición de este proyecto estará llena de debates entre los diferentes partidos políticos y los sectores de la comunidad.

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