Rechazaron la cautelar de la CGT contra la reforma laboral y el traspaso de la Justicia del Trabajo a la Ciudad

La medida había sido presentada por la central sindical para suspender artículos de la Ley 27.802 que transfieren competencias judiciales laborales a la Ciudad de Buenos Aires. El juzgado consideró que se trata de una medida excepcional y que no se acreditó peligro en la demora, aunque la causa seguirá su trámite.
CGT
Ocatvio Argüello, Jorge Sola y Cristian Jerónimo, el triunvirato de la CGT.

La Justicia Contencioso Administrativa Federal rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que buscaba suspender la aplicación de artículos de la reforma laboral sancionada recientemente por el Congreso.

La acción judicial fue presentada por la central obrera contra el Estado nacional con el objetivo de que se declare la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91 de la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo en el Boletín Oficial.

Esos artículos incorporan el convenio de transferencia de la función judicial en materia laboral desde el ámbito nacional hacia la Justicia del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires.

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La CGT contra la Reforma Laboral

En el amparo, la CGT solicitó una medida cautelar innovativa para suspender la aplicación de la norma hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo del planteo.

Sin embargo, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 resolvió rechazar la cautelar al considerar que «se trata de una medida de carácter excepcional que alteraría el estado jurídico vigente» y que, en los hechos, implicaría adelantar el resultado del litigio.

El magistrado sostuvo que las medidas cautelares no pueden coincidir con el objeto principal de la demanda, ya que ello equivaldría a conceder de manera anticipada lo que deberá resolverse en la sentencia definitiva.

Asimismo, el fallo indicó que en esta etapa del proceso no se verificó la existencia del llamado “peligro en la demora”, uno de los requisitos necesarios para habilitar este tipo de medidas. Según el juzgado, los elementos aportados por la parte actora no resultan suficientes para justificar una intervención cautelar.

En ese sentido, el tribunal consideró que no se acredita la existencia de un perjuicio irreparable que pudiera tornar inútil una eventual sentencia favorable a la CGT en el futuro.

Pese al rechazo de la cautelar, la causa judicial continúa su trámite. En la misma resolución, el juzgado ordenó correr traslado al Estado Nacional para que en el plazo de cinco días presente el informe previsto en la Ley de Amparo y ofrezca las pruebas correspondientes.

De esta manera, el proceso judicial seguirá su curso mientras se analiza el planteo de fondo de la central sindical contra la reforma laboral y el convenio de transferencia de competencias en materia de justicia del trabajo.

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