martes 10 de diciembre de 2024

¿Cómo avanza la implementación de la Ley de Etiquetado Frontal?

A siete meses de que haya empezado a ser obligatoria la Ley de Promoción de Alimentación Saludable, Nota al Pie dialogó con el licenciado en Nutrición, Ignacio Porras, para ver cómo se lleva a cabo su implementación.
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El objetivo de la Ley 27.642 es garantizar una alimentación saludable y adecuada de la población a través de la implementación de un etiquetado frontal. Crédito: Bae Negocios.

La Ley 27.642 de Etiquetado Frontal de Alimentos se aprobó en octubre del 2021. A partir de agosto de 2022 empezó a ser obligatoria la utilización de octágonos negros como sello de advertencia por cada nutriente crítico en exceso. El 16 de febrero se terminó el plazo de prórrogas para las grandes empresas, por lo que, a partir de ese día, todo lo que produzcan deben hacerlo bajo la regulación de esta norma.  

Aunque se pueden ver octógonos en algunos productos en los supermercados, el licenciado en Nutrición y director ejecutivo de la Fundación Sanar, Ignacio Porras, habló con Nota al Pie y declaró que su implementación “va un poquito más lenta de lo que quisiéramos”. 

No obstante, también sostuvo que hay un buen proceso de adaptación de algunas empresas que ya están mostrando reformulaciones en lo que generan, especialmente de aquellas que “no hicieron lobby y se ocuparon de mejorar sus productos”.

Se puede ver, por ejemplo, en productos lácteos que antes se hacían con un agregado de crema y que hoy en día no lo tienen, y ahora solo son alcanzados con el exceso de azúcar. “A medida que la empresa quiera seguir trabajando sobre la expectativa de dulzor que promete, su producto puede perder ese sello”, agregó el nutricionista. 

Porras también pudo encontrar mejoras en algunos paquetes de snacks: “Esperábamos que se vean excesos de sodio y vimos que la tabla nutricional promete una reducción de sodio desde el paquete anterior que no estaba producido bajo la ley”.

Sin embargo, todo esto tiene que ser chequeado: “La inscripción de alimentos en Argentina sigue siendo meramente declaratoria. Es decir, quien lo produce te dice que es lo que tiene el producto y las bromatologías no tienen la obligación de hacer análisis químicos, ni de pedir análisis químicos para que de alguna forma respalden eso. Todo lo que dice es información declarada por el productor”.

¿Qué pasa con las grandes empresas?

El 16 de febrero finalizó la última prórroga que tenían las empresas más grandes para adaptarse a la Ley de Etiquetado Frontal. De acuerdo a un comunicado del Ministerio de Salud de la Nación del 27 de julio de 2022, se habían aprobado el 35% de estos pedidos, de las 2658 solicitudes por un total de 236 empresas. 

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El Instituto Nacional de Alimentos es el organismo que debería controlar que se cumpla la Ley de Promoción de Alimentación Saludable. Crédito: Diputados Bonaerenses.

Ignacio Porras contó que hicieron varios pedidos de acceso a la información para averiguar porque se otorgaron estas prórrogas. Sin embargo, estos fueron contestados de manera abierta y con poca especificidad, con la excusa que dentro de ellos había información sensible de las empresas.

Por lo que, a través de la Defensoría del Pueblo, intentaron pedir información clara sobre qué productos y qué presentaciones habían obtenido prórrogas. Sin embargo, la respuesta fue un documento encriptado al que todavía no pudieron acceder. 

Hecha la ley, hecha la trampa

En ese contexto, Ignacio Porras mencionó varios engaños que han realizado este tipo de empresas. La primera tiene “cierta complicidad del Instituto Nacional de Alimentos (INAL)”, por una interpretación que hicieron al mandar el manual de aplicación. 

Esto fue lo que pasó, según el nutricionista: “La ley habla de que deben exhibir los sellos a partir de tal fecha, de tanto tiempo de sancionada. Lo que hizo el INAL fue la interpretación de la fecha de la elaboración a partir de la fecha de corte. Todos los productos que fueron elaborados hasta esa fecha no tenían etiquetado frontal”.

Entonces, las empresas que tenían la posibilidad de acumular un gran stock, o de presionar a los supermercados para poder usar sus depósitos, se terminaron aprovechando de esta interpretación, más teniendo en cuenta que la fecha de elaboración es un dato que no es obligatorio que esté en los productos.  

Otra de las trampas se ve en donde se encuentra el sticker. “Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados con nutrientes críticos y valor energético superiores a los valores establecidos en esta ley deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso, según corresponda”, indica el principal párrafo de la Ley 27.642. 

Sin embargo, ya hay algunos productos que no la cumplen. “Hay marcas que están exhibiendo sus productos en la cara de atrás del envase e, incluso teniendo en cuenta el tamaño de la etiqueta, y no el envase”, comentó Ignacio Porras. Esto lo había ejemplificado previamente en un hilo de Twitter.


El director ejecutivo de la Fundación Sanar también habló de los productos con doble frente, que deberían tener los octógonos en cada lado para que se pueda ver siempre. Él dio como ejemplo la botella de jugo Cepita o un paquete de Saladix, que ponen la información de un solo lado, por lo que si se acomodan de forma incorrecta en la góndola, no se ve el etiquetado frontal. 

En ese sentido, Porras cuestionó una “floja” actuación de los organismos de control, comparándola con la fiscalización que hizo el Ministerio de Economía con el tema de los Precios Justos. “Cuando hay intenciones de cuidar una política pública, hay agentes de fiscalización en los supermercados, ahora no pudimos ver eso por parte de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)”, comentó. 

“No están haciendo lo que deberían hacer, no están a la altura. No dan la información, no hay gente fiscalizando, no hay informes de implementación, no hay absolutamente nada”, denunció el nutricionista. 

¿Cómo se complementa esto con políticas públicas?

Para Ignacio Porras tienen que bajarse lineamientos sobre las compras públicas y programas alimentarios a escala nacional. “Sabemos, por una cuestión de intercambio con el Ministerio de Desarrollo Social, que hubo una señal con respecto a las compras públicas para priorizar la compra de alimentos sin sellos desde el presupuesto que baja Nación a las provincias”, explicó el licenciado. 

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La Ley alcanza a todes les productores de alimentos y bebidas, entre elles quienes comercialicen e importen. Crédito: Economía Sustentable.

Esto también tendría que extenderse a los presupuestos provinciales. Para  Porras, lo que se necesita es que “niños, niñas y adolescentes que asisten a comedores escolares o que reciben algún tipo de asistencia alimentaria a través de un programa alimentario reciban comida de calidad”.

Además, se están generando cursos para les docentes, tanto de nivel primario y de secundario, de fuentes oficiales, para bajar el conocimiento de la Ley, de lo que es una alimentación saludable y de los riesgos que conlleva no tenerla para que lo puedan trabajar en las aulas. 

No obstante, según el nutricionista, “aún faltan espacios libres de sellos”. En este sentido, aseguró: “Necesitamos un compromiso de docentes y personal directivo de las escuelas que entiendan la importancia que tiene garantizar entornos escolares saludables donde niños y niñas pasan entre 4 y 8 horas por día”.

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