martes 10 de diciembre de 2024

Acampe frente al INDEC: “La calle no es lugar para vivir’’

Desde Proyecto 7 reclamaron la no contemplación de las personas en situación de calle en el próximo censo a realizarse en mayo. Al respecto, NAP habló con Horacio Ávila, organizador de dicho encuentro.
Acampe frente al INDEC: “La calle no es lugar para vivir’’
Antes de realizar el acampe, les manifestantes alzaron su voz frente al INDEC en búsqueda de alguna respuesta satisfactoria por parte del instituto estadístico, encargado del Censo 2022. Crédito: Franco Roggero NAP

Este lunes por la mañana, la asociación Proyecto 7 se movilizó hasta las instalaciones del INDEC (Instituto Nacional de Estadísticas y Censo) para realizar un acampe y un “frazadazo”. Bajo el lema «basta de ignorarnos e invisibilizarnos. La calle no es un lugar para vivir», exigieron la creación de un censo nacional “real” sobre las personas en situación de calle. Además, se sirvió un desayuno y se desplegó una radio abierta.

Para profundizar en el tema, Nota al Pie dialogó con Horacio Ávila, miembro de la organización: “Queremos que el censo sea llevado a cada persona en situación de calle. Que sean considerados como cualquier hogar’’. 

Según informó Ávila, “el último relevamiento de personas en situación de calle en Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue en el 2021 y se relevaron a 2500 (personas). Pero nosotros hicimos censos populares y registramos muchos más. Hay una diferencia abismal. Además, creemos que la pandemia acrecentó los números’’.

Es importante mencionar que, por primera vez, el Censo Nacional 2022 puede realizarse en modalidad virtual sin la necesidad de que un censista concurra a los hogares. Ésta implementación, sin dudas, no contempla a quienes no tienen acceso a internet, a pesar de que se puede optar por la forma tradicional.

Por otro lado, desde Proyecto 7 solicitaron que quienes se encarguen de realizar el censo sean personas “preparadas” para el caso. Desde la organización sostuvieron que “Un censo real, (debe contar con) planillas consensuadas con las organizaciones que hace años trabajamos en la problemática y con las personas en situación de calle’’.

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Ávila pidió que dentro del censo “se incluya la problemática de situación de calle de manera específica’’. Crédito: Franco Roggero NAP

Finalmente, les manifestantes expresaron en un comunicado que se encuentran “Cansades de no existir, cansades de que nos desaparezcan. De que solo se hagan conteos o fotos sobre la población en situación de calle del país. Basta de ignorarnos e invisibilizarnos, la calle no es un lugar para vivir’’.

El censo popular

En el año 2017, Proyecto 7 se encargó por primera vez de censar a las personas que se encontraban en situaciones de abandono y negligencia estatal. El fin de esta acción fue obtener datos certeros sobre la situación de calle de las personas afectadas. Además, buscaron determinar el riesgo de vivir bajo esta situación en la Ciudad de Buenos Aires para que las autoridades actúen con las políticas públicas acordes a la dimensión y la urgencia de la situación.

El último se realizó en el 2019. Allí se relevaron 5412 personas viviendo a la intemperie. De esta población, 871 eran niñes (16%) y 4541 adultes (84%). De las 5412 personas censadas, 3085 contestaron las encuestas (68%) y el resto eligió no responder las preguntas. Los datos obtenidos pueden consultarse aquí

Qué establece la ley 3.706

Ávila comentó que, gracias a la asociación de la cual es miembro, la capital del país cuenta con una normativa exclusiva para abordar la temática de las personas que viven en contexto de calle. Dicha normativa está establecida bajo la Ley 3.706, sancionada el 13 de diciembre de 2010. Esta tiene por objetivo “proteger integralmente y operativizar los derechos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle”. 

En ella, se definen cuáles son las obligaciones específicas del Gobierno porteño respecto de las personas en situación de calle o en riesgo de estarlo. Asimismo, se contempla el derecho de las personas en situación de calle a acceder a los servicios socio-asistenciales.

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“Basta de ignorarnos e invisibilizarnos. La calle no es un lugar para vivir», es el principal pedido de la organización Proyecto 7. Crédito: Franco Roggero NAP

Además, la normativa dice que el Estado debe garantizar la remoción de obstáculos que impiden a las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de calle la plena garantía y protección de sus derechos. Así como el acceso igualitario a las oportunidades de desarrollo personal y comunitario.

Por otro lado, la 3.706 promueve la participación plural, activa y democrática de las organizaciones de la sociedad civil integradas o no por personas en situación de calle o en riesgo a la situación de calle. Y, también, a las organizaciones no gubernamentales, en la elaboración, diseño y evaluación continua de la política pública.

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