La noche del tres de febrero Natalia Melmann de 15, había salido a bailar con unas amigas a un reconocido boliche de la zona. En la madrugada del cuarto día del mes, luego de encontrarse con su ex novio Maximiliano Marolt; fue perseguida por el ex convicto Gustavo “El Gallo” Fernández y subida al baúl de una patrulla de la Policía Bonaerense.
Con la complicidad policial, la joven fue llevada a una cabaña en el barrio de Copacabana. Allí sufrió tortura, violación y en la posterioridad su asesinato; la muerte fue por asfixia, estrangulada con un lazo creado a partir del cordón de su zapatilla. Luego su cuerpo fue tirado en el vivero Florencio Ameghino, donde fue hallado.
El hallazgo del cuerpo en descomposición, se dio el ocho de febrero por un joven que buscaba leña por la zona. Natalia estaba con la camisa desabrochada, tapada con hojas y ramas, esa fue la imagen que vio el padre al ingresar al vivero. Luego, se determinó que el abandono del cuerpo se realizó después de los rastrillajes de la policía.
La autopsia
La autopsia reveló que en la adolescente había cinco perfiles genéticos diferentes, de los cuales fueron identificados en primera instancia tres. Los mismos pertenecían a los sargentos primero, Oscar Echenique y Ricardo Anselmini y al cabo primero, Ricardo Suárez. Otra prueba fue que figuraban en el libro de guardia entre la madrugada y mañana del cuatro de febrero, horario en que se cometió el crimen.
Natalia, quien medía 1,76 metros, luchó por su vida y su cuerpo arrojó muchas pruebas para llegar a sus asesinos. Entre ellos, se encontraron restos de semen, piel, saliva y vello púbico de los tres policías imputados, también en sus zapatillas había tierra y le faltaba un cordón que luego se supo fue el arma homicida.
Años más tarde, con el avance de la tecnología se identificó el cuarto perfil genético y arrojó el nombre del sargento Ricardo Panadero. En 2018 la familia logró llevarlo a juicio pero fue absuelto por falta de pruebas. Los Melmann continúan en la búsqueda de la condena al policía y piden identificar el último perfil, para que nadie quede impune del crimen.
El juicio
Las detenciones se dieron entre el mes de junio y octubre de 2001. El proceso del juicio inició al año siguiente. Las condenas fueron así: Gustavo Fernández, quien rompió su libertad condicional, fue sentenciado a 25 años de prisión por su papel como entregador de la víctima. Pese a ello y por las apelaciones realizadas se redujo a 10 años.
En el caso de los 3 policías fueron condenados a 25 años de reclusión perpetua “por privación ilegal de la libertad agravada, abuso sexual agravado y homicidio triplemente calificado por ensañamiento, alevosía, en concurso con dos o más personas para procurar su impunidad”, fallo del Tribunal Oral Nº 2 de Mar del Plata.
Este fue el comienzo de un gran litigio por parte de los condenados para reducir sus condenas, en segunda instancia la Cámara de Casación redujo la condena a prisión perpetua (goce de salidas laborales). La Suprema Corte de Justicia de la Provincia volvió a refutar la primera condena y en un último intento por la libertad fueron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde se coincidió con el fallo en primera instancia.
La justicia le dijo que no
En el año 2021, la defensa de Ricardo Anselmini (de 54 años) y Oscar Echenique (de 62 años) presentó un recurso, basado en que podían ser liberados por su formación en reclusión. Allí, se pidió la libertad condicional anticipada de los reclusos, pero el juez Ricardo Perdichizzi del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1, desestimó los planteos realizados por la abogada defensora Patricia Parelló.
De acuerdo a la legislación vigente los ex policías podrían aspirar a condicional, en el primer caso recién el 29 de septiembre. Sobre Anselmini el magistrado expresó que la libertad anticipada “implicaría un riesgo cierto a su real inserción social”. Además los estudios psicológicos determinaron que su negatividad “obtura toda posibilidad de replanteo autocrítico respecto a los hechos cometidos”.
En el caso de Echenique podrá pedir el beneficio el 7 de junio de 2022. El fallo del juez Perdichizzi fue claro pese a su buena conducta y desempeño en el penal, desde los aspectos psicológicos se “indica una clara y concretamente inviabilidad de aplicación del instituto requerido”. A su vez, el domicilio que brindó como residencia es cercano al de “la madre de la víctima y es indudable que tampoco es posible el régimen en estas condiciones” sentenció el juez Perdichizzi.