sábado 14 de septiembre de 2024

Basta de violencia laboral hacia mujeres y personas no binarias

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social nacional, en su sitio web oficial, ofrece un manual de Concientización y Prevención sobre Violencia Laboral en las organizaciones empresariales. El mismo sostiene que ésta es una forma de abuso de poder que tiene como finalidad la exclusión o sometimiento de le otre. Puede presentarse tanto en […]
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La violencia psicológica se manifiesta por un recargo de tareas asignadas y abuso de poder. Crédito: Télam.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social nacional, en su sitio web oficial, ofrece un manual de Concientización y Prevención sobre Violencia Laboral en las organizaciones empresariales. El mismo sostiene que ésta es una forma de abuso de poder que tiene como finalidad la exclusión o sometimiento de le otre. Puede presentarse tanto en sentido vertical (ascendente o descendente) como entre pares.

Acota que se manifiesta con diferentes acciones. Algunas de ellas pueden ser sobrecarga o disminución en la asignación de tareas o ascenso no transparente. También, se encuentra la falta de información de la normativa laboral o la inexistencia de espacios de debate que posibiliten la opinión de les trabajadores.

Según la agencia de comunicación Télam, las mujeres y personas no binarias son quienes sufren más agresión laboral, con porcentajes que llegan al 65,5% y 87,6% respectivamente. 

En comparación, el estudio de la Universidad Nacional de Avellaneda mostró que el 43,5% de los varones encuestados aseguró haber sufrido agresiones en el trabajo. Además, indicó que 3 de cada 10 personas experimentaron o experimentan alguna vivencia de atropello laboral.

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Todas las personas merecen el mismo respeto en el trabajo. Es por ello que el Estado les ampara frente al maltrato laboral. Crédito: Tiempo Misionero.

Esa investigación se realizó en Argentina, en el marco del aniversario de la publicación de la Ley 27.580. La misma aprobó la ratificación del Convenio 190 (C190) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Acuerdos que ofrecen una salida

El Convenio nº 190 de la OIT (C190) es el primer tratado internacional que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso. Incluye a estos maltratos por razones de género.

Fue adoptado en junio de 2019, por la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y entró en vigor el 25 de junio de 2021. 

Los gobiernos que ratifiquen el C190 deben poner en marcha las leyes y medidas políticas necesarias para prevenir y abordar la violencia y el acoso. Representa una oportunidad histórica para configurar un futuro del trabajo basado en la dignidad y respeto para todes. El objetivo final es que el acuerdo sea ratificado y aplicado por los gobiernos nacionales y las asambleas legislativas del mundo.

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Vivir bajo la presión de agresión en el trabajo produce desasosiego, temor y ansiedad. Crédito: El Submarino Jujuy.

En Argentina entrará en vigencia en febrero del 2022. En Ecuador, el 19 de mayo del 2022; mientras que en Fiji, Namibia y Uruguay está en vigor desde el 2020.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social cuenta con un espacio especialmente dedicado al abordaje de la problemática. Se trata de la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL), que otorga información gratuita.

En su página web hay una orientación en el proceso de denuncia, que es personal y confidencial. En caso de realizarla se requiere DNI vigente y recibo de haberes (si tenés). También se solicitan certificados médicos, psicológicos y/o psiquiátricos que acrediten el problema de salud. Al comunicarse al (011) 4310-5525 o, de forma gratuita, al 0800-666-4100 (opción 1, luego opción 5) se otorgará un turno sobre dónde acudir.

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