El Gobierno promulgó este lunes la Ley 27.793 que declara la Emergencia Nacional en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, el decreto publicado en el Boletín Oficial aclaró que la aplicación de la norma queda suspendida “hasta que el Congreso determine las fuentes de su financiamiento” y contemple las partidas correspondientes en el Presupuesto 2026.
La decisión había sido anticipada por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, quien reconoció que la norma abre la puerta a nuevas pensiones y a un aumento en las prestaciones, pero insistió en la necesidad de definir previamente cómo se cubrirán los costos.
Impacto fiscal y veto revertido
Según estimaciones oficiales, la emergencia en discapacidad representaría más del 0,35 % del PBI en 2025 y 2026, con un gasto de más de $3 billones. Estos recursos incluyen nuevas pensiones no contributivas, el Programa Incluir Salud y compensaciones extraordinarias a prestadores.
Cabe recordar que la ley había sido vetada en agosto por el presidente Javier Milei, aunque el Congreso logró revertir la medida con mayoría especial en ambas cámaras. Fue el primer veto presidencial rechazado en más de dos décadas.
Reasignación de fondos a la ANDIS
En paralelo, el Ejecutivo dictó la Decisión Administrativa 24/2025, que reasigna más de $121 mil millones para reforzar el presupuesto de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Los fondos provienen de la reducción de créditos destinados a “obligaciones a cargo del tesoro” y se utilizarán desde el 1° de octubre para actualizar los aranceles de las prestaciones básicas de atención integral.
El objetivo es atender reclamos urgentes de transportistas, acompañantes terapéuticos y otros prestadores del sistema, en tanto el Congreso define el financiamiento global de la ley.
Qué establece la emergencia en discapacidad
La norma contempla medidas clave para el sector:
- Restablecimiento del proceso de aprobación de nuevas pensiones no contributivas.
- Actualización de remuneraciones en talleres protegidos, congeladas desde 2023.
- Financiamiento para prestadores de servicios esenciales como transporte, enfermería y acompañantes terapéuticos.
No obstante, la entrada en vigencia de la ley no implica que se restablezcan automáticamente todas las pensiones suspendidas, ya que algunas bajas respondieron a incumplimientos de requisitos.