San Luis: 13 años de prisión para hombre por abuso sexual de su hijastra

La justicia de esa provincia condenó al hombre de 40 años por abusar de la hija de su pareja. El fiscal destacó la importancia de juzgar desde la perspectiva de género.
juicio
“Juzgar con perspectiva de género transmite a la sociedad el mensaje de que las cuestiones de violencia contra la mujer no son toleradas, no quedan impunes y deben ser reparadas», declaró el fiscal Ernesto Lutens. Crédito: Prensa y Comunicación Institucional del Poder Judicial de la Provincia de San Luis

La justicia Penal de la Tercera Circunscripción de la Provincia de San Luis, condenó a un hombre de 40 años, oriundo de la localidad de Naschel, ubicada a 110 kilómetros al norte de la capital.

Según informó Télam, fue por «abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser la víctima menor de 18 años y por la situación de convivencia preexistente», contra la hija de su pareja.

La denuncia fue radicada a fines de 2018, cuando la víctima ya era mayor de edad. En el proceso declaró que los abusos comenzaron cuando era niña y que el último ataque fue en la adolescencia.

Durante el debate oral realizado ayer, el acusado se declaró inocente, afirmando no entender el porqué de la denuncia en su contra.

Argumentos

Según el Fiscal de Cámara, Ernesto Lutens, el hombre «aprovechó la situación de convivencia con la damnificada para cometer, en reiteradas ocasiones, los hechos que motivaron la presente causa».

Además, aclaró que la etapa «de la develación, que es cuando la niña logra procesar las situaciones traumáticas vividas. Y también ponerlas en conocimiento de sus allegados. Ocurrió a lo largo de los años y recién se manifestó en 2018, cuando ella ya era mayor de edad».

Lutens informó que «juzgar con perspectiva de género no sólo da una respuesta al problema individual. Sino que, transmite a la sociedad el mensaje de que las cuestiones de violencia contra la mujer no son toleradas, no quedan impunes y deben ser reparadas».

Defensa y veredicto

La defensa del acusado señaló que, a diferencia de la denunciante, a su representado no le practicaron ninguna pericia psicológica/psiquiátrica. De esta manera, solicitaron al tribunal absolver a su representado por el beneficio de la duda. Fue ante la existencia de «dudas extremas» respecto a su autoría en los hechos que se le imputan, y a la ausencia de antecedentes penales.

Tras los alegatos, el tribunal penal, integrado por Sandra Elizabeth Piguillem, María Claudia Uccello y Sergio Darío De Battista, consideró al imputado culpable condenándolo a la pena de 13 años de prisión, informó un corresponsal de la agencia Télam.

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