Denuncian al Gobierno porteño por autorizar la “destrucción” del Luna Park

Tres organizaciones presentaron un amparo ambiental colectivo para frenar un proyecto de intervención arquitectónica que supone la desaparición del Luna Park tal como se lo conoce. La demanda denuncia la violación del Código Urbanístico y al GCBA por incumplir su deber constitucional de preservar el patrimonio cultural.
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Crédito: Instagram @monumentos_ar

La Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Asociación Civil Basta de Demoler y la Fundación Ciudad presentaron un amparo ambiental colectivo para frenar la destrucción inminente e irreversible de uno de los máximos símbolos de la identidad argentina: el Stadium Luna Park.

Según el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la demanda se origina tras la autorización administrativa otorgada por el Gobierno porteño, mediante la Disposición N° 1283/DGIUR/25, a un proyecto de intervención arquitectónica impulsado por la empresa Stadium Luna Park S.A. (propiedad del Arzobispado de Buenos Aires y la Institución Salesiana) y gestionado por las firmas DF Entertainment y Live Nation

El amparo denuncia, con evidencia documental, que esta iniciativa encubre una demolición sistemática de los componentes estructurales protegidos del edificio, con el fin de erigir un nuevo estadio de mayor volumen y capacidad comercial, en abierta violación de las normativas de protección patrimonial vigentes.

En ese sentido, desde el Observatorio recordaron que el Luna Park fue declarado Monumento Histórico Nacional por el Decreto 123/2007 y se lo catalogó con Protección Especial Edilicia de Nivel Estructural en el Código Urbanístico local. Sin embargo, hoy corre el riesgo de desaparecer como tal para transformarse en una escenografía vacía de contenido histórico.

Un modelo de negocios que atenta contra la identidad

Las compañías detrás del proyecto buscan maximizar la rentabilidad del recinto, que en la actualidad tiene una capacidad aproximada de 8.400 espectadores. Dicha cantidad resulta insuficiente para el modelo de negocios de los grandes espectáculos internacionales que gestiona Live Nation. Por eso, el objetivo de la iniciativa es elevar esa capacidad cerca de los 13.000 espectadores.

Representa un aumento superior al 50% de la capacidad actual, es físicamente imposible de lograr dentro de la envolvente histórica del edificio sin alterar su morfología, explicaron desde el Observatorio. Para alcanzar el objetivo comercial, los desarrolladores han propuesto, y el GCBA ha autorizado, la demolición de las estructuras internas para liberar espacio y construir un nuevo edificio dentro de los límites del terreno, denunciaron.

A su vez, la demanda da cuenta que la intervención implica la desaparición física de la mayor parte del monumento histórico. El proyecto contempla la demolición total de 11.613 metros cuadrados de interiores. Esto incluye la remoción completa de las gradas de hormigón originales, las circulaciones históricas y, fundamentalmente, la estructura de la cubierta. 

Todo ello viola el Código Urbanístico al autorizar modificaciones que alteran tanto el volumen como la tipología y los elementos básicos de articulación del espacio. La prohibición de alterar el volumen es absoluta para el nivel de protección con el que cuenta el Luna Park y, sin embargo, el proyecto aprobado lo incrementa sustancialmente.

Una de las violaciones más patentes denunciadas es el aumento del volumen total del edificio. Mientras que en la actualidad se estima en aproximadamente 98.000 metros cúbicos, el proyecto aprobado contempla un volumen final de 133.800 metros cúbicos. Esto representa un incremento del 36,5%, es decir, unos 35.800 metros cúbicos adicionales de obra nueva.

La demanda también denuncia que la DGIUR autorizó el proyecto clasificando arbitrariamente las obras como de Grado 2 y 3, cuando las características técnicas de las mismas (demolición total interior, cambio de cubierta, aumento de volumen) corresponden inequívocamente a un Grado de Intervención 4.

Ante este panorama, y dada la inminencia del inicio de las obras, los demandantes solicitaron una Medida Cautelar Inaudita Parte. El objetivo es obtener una orden judicial inmediata que disponga:

  1. La suspensión de los efectos de la Disposición N° 1283/DGIUR/25.
  2. La prohibición de innovar sobre el inmueble, impidiendo cualquier tarea de demolición, modificación de fachada, cambio de cubierta o excavación en el predio.
  3. La orden al GCBA de abstenerse de otorgar permisos de obra o demolición basados en la factibilidad cuestionada.
Grafico Luna Park en Peligro Credito NotebookLM
Crédito: NotebookLM.

Los demandados

La acción de amparo no solo apunta a la nulidad de un acto administrativo, sino que expone una trama de responsabilidades compartidas entre actores públicos y privados que priorizan el lucro sobre la preservación.

El principal demandado es el Gobierno porteño, acusado de incumplir su deber constitucional de preservar el patrimonio cultural. La demanda señala que la DGIUR actuó con arbitrariedad al emitir la Disposición 1283/DGIUR/25, ignorando los informes técnicos que desaconsejaban tal magnitud de intervención en un edificio protegido.

En ese sentido, acusan al Ejecutivo local de arrogarse facultades legislativas, porque para autorizar una obra de estas características en un edificio protegido, se requeriría una ley de la Legislatura que modifique su catalogación, previo proceso de doble lectura y audiencia pública.

Por otra parte, también se menciona el rol de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos. Aunque el Luna Park es Monumento Histórico Nacional, la Comisión emitió un dictamen favorable al proyecto (Acta 1/2025) en un tiempo récord, el 6 de enero de 2025.

La demanda identifica a Stadium Luna Park S.A., cuyos accionistas son el Arzobispado de Buenos Aires y la Institución Salesiana, como los promotores de la iniciativa. Se plantea una contradicción ética en el actuar de la Iglesia, que administra bienes temporales con un fin de lucro que conlleva la destrucción de un patrimonio cultural de la comunidad. Por otro lado, las empresas DF Entertainment y Live Nation son señaladas como las beneficiarias directas de la explotación comercial del nuevo recinto, impulsando el proyecto de maximización de aforo que hace inviable la conservación del edificio histórico.

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