El pasado 22 de julio, la Convención Constituyente de La Rioja juró la nueva Constitución Provincial, en cumplimiento de la Ley de Reforma 10609. La ceremonia tuvo lugar en el Recinto de la Legislatura y concluyó el proceso que comenzó un año atrás.
La Carta Magna riojana tuvo buenas repercusiones en medios de comunicación y redes sociales en Argentina, donde periodistas y especialistas la destacaron por ser opuesta a las políticas que implementa el gobierno nacional. Como artículos relevantes se destacan la paridad de género en las fórmulas electivas y la renta básica universal.
Otro bloque constitucional novedoso se destina a la protección del ambiente, e incluye garantías como el acceso al agua, la soberanía alimentaria y el correcto uso de los recursos minerales y energéticos.
¿Cuáles de estos derechos ya se cumplen en la práctica? ¿Podrá efectivizarse el bloque constitucional ambiental en una provincia donde la minería está más que presente?
Preámbulo por el Buen Vivir
“Sumak Kawsay” o Buen Vivir se trata del principio que plantea una vida en plenitud en base a la armonía en tres sentidos: interna de las personas (material y espiritual), social con la comunidad y con la naturaleza. Algunas constituciones latinoamericanas lo incluyen en su texto, como la de Ecuador,
Así lo hizo la nueva Carta Magna riojana, que en su Preámbulo promueve “el desarrollo sostenible de la naturaleza de nuestra Provincia, respetuoso de la autodeterminación de la persona, que garantice el buen vivir”.
De esta forma, los primeros párrafos de la Constitución orientan sobre cuáles son los principios que fundamentan al escrito. Desde un comienzo, afirma “la primacía y el respeto supremo de los derechos humanos”, que deben guiar los actos de las autoridades.
También habla de una sociedad inclusiva, que “garantice el acceso a todos y cada uno de los derechos con equidad e igualdad de oportunidades”. Además, reconoce “la preexistencia histórica de nuestros Pueblos Originarios”.
Hasta ahora parece prometedora. Veremos cómo continúan sus artículos, en particular los que refieren a la equidad de género y la protección socioambiental de la provincia.
Género a la orden del día
Una rápida búsqueda con el navegador web en el texto constitucional revela que se menciona la palabra género 7 veces. La más importante (o por lo menos donde el término es el protagonista) es en el artículo 23, que habla del Principio de Paridad de Género.
Allí, la Constitución riojana garantiza la paridad de género en la “conformación e integración de cargos electivos de las funciones del Estado Provincial y Municipal”. A su vez, especifica que deberán promoverse “mecanismos y medidas progresivas de acción positiva que garanticen el efectivo cumplimiento de este principio en armonía con el derecho de elegir y ser elegido”.
Esta declaración es una verdadera novedad, y una gran garantía al momento de realizarse elecciones en la provincia. Si bien La Rioja ya había adherido en 2020 a la Ley de Paridad de Género, su inclusión en la Carta Magna le da un grado mayor de seguridad.
Por otra parte, en su artículo 161 designa que al Tribunal Superior de Justicia lo integrarán “7 miembros y podrán dividirse en salas, en su composición se promoverá la paridad de género”.
A su vez, en el artículo 22, que se denomina “Igualdad – No Discriminación”, menciona que “todos los habitantes tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley, sin distinciones ni privilegios por razones de sexo, orientación sexual diversa, género, raza, religión o cualquier otra condición social, económica o política”.
¿Y el ambiente?
El bloque constitucional que refiere a la protección del ambiente, a primera vista, también se inscribe en esta concepción progre de la Constitución riojana. Desde su Preámbulo adscribe al concepto de desarrollo sostenible, que establece que las generaciones actuales deberán satisfacer sus necesidades sin comprometer a las generaciones futuras.
La última reforma de la Constitución nacional en 1994 también se adhiere a este principio. Por lo que las provincias, se supone, deben seguir esta línea.
La Convención Constituyente riojana de este 2023, estableció en el artículo 48 de la Carta Magna el derecho al agua. “Todos los habitantes tienen derecho a acceder al agua en condiciones de consumo y en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades domésticas a un valor asequible”, manifiesta el texto.
Además, atribuye al Estado Provincial la garantía de “la sostenibilidad en la gestión, planificación y provisión de agua, considerando su variado espectro de aplicaciones e implicancias”. Concluye: “El cuidado y buen uso del agua es política de Estado y responsabilidad ciudadana”.
Acá se ve uno problemas para aplicar el texto constitucional en la práctica. ¿Cómo asegurar el agua de calidad en una de las provincias con más emprendimientos mineros del país?
La Asamblea Por La Vida Chilecito lo reflejó en sus redes sociales. Afirmaron que la Convención Constituyente no tuvo en cuenta los aportes que realizó el pueblo riojano en el proceso de reforma.
“Exigimos que se especifique la PRIORIDAD de uso del AGUA para las comunidades y pequeños y medianos emprendimientos relacionados con la subsistencia de los pueblos, como la agroecología, ganadería y agricultura a pequeña escala”, manifestaron el 10 de julio, antes de la jura de la nueva Constitución.
Asimismo, el Capítulo IV se denomina “PROTECCIÓN DEL AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO”. Contiene artículos que hablan de la Función Socioambiental de la Economía, la Política Agraria y Agricultura Familiar, la Soberanía Alimentaria y el Uso de los Recursos Minerales y Energéticos, entre otros referidos a la adaptación al cambio climático.
¿Podrán aplicarse estos derechos de avanzada en una provincia donde la minería es protagonista? Según la Asamblea Por La Vida Chilecito, hay seis proyectos mineros en la provincia que se encuentran en etapa de prospección y exploración. En sus redes sociales describieron cómo afectaron a la biodiversidad de la zona, al igual que lo hizo la Agencia Tierra Viva en esta nota.
En definitiva, la promulgación de esta reforma constitucional en La Rioja es innovadora y podría considerarse como un modelo a seguir en otros territorios nacionales. Dependerá de su plena implementación que sus declaraciones inscritas en el Buen Vivir no queden solo en palabras y se vean en acciones concretas.