La Cámara de Diputados de Salta dio media sanción a la ley que busca regular el derecho a la protesta social. Esta cuestión tiene como telón de fondo a las manifestaciones docentes y de salud con miles de personas que el pasado lunes 29 de mayo se movilizaron por mejoras salariales.
Con el antecedente de que el pasado jueves 25 de mayo una marcha finalizó con 19 docentes detenides.
En este marco, pese a que no estaba previsto su tratamiento, diferentes sectores del Gobierno provincial de Gustavo Sáenz avanzaron con el proyecto. Este había sido presentado en abril del año pasado por Cristina Fiore (Confluir) y María del Socorro Villamayor (Salta Tiene Futuro).
Por un lado, Villamayor presentó la iniciativa y argumentó que el objetivo es garantizar la paz social. Por otro lado, Fiore también fundamentó el proyecto, pero consideró que no era el momento de tratarlo, debido a la tensión por las protestas actuales.
En tanto, se aprobó la media sanción de la ley, aunque contó incluso con parte del oficialismo que se abstuvo. En total fueron 22 abstenciones contra 28 votos afirmativos.
El Proyecto de Ley
El proyecto de ley que obtuvo media sanción en Diputados consta de 13 artículos que regulan y prohíben determinadas acciones respecto al derecho a la protesta social.
En su artículo primero, señala que el objetivo es “conciliar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión” para la “preservación de la integridad física y de la propiedad tanto pública como privada, durante el desarrollo de protestas o manifestaciones públicas, cualquiera fuera su naturaleza”.
Por protesta o manifestación pública entienden “a toda reunión de personas que, con un objetivo común, con o sin desplazamiento en el espacio público, por un tiempo determinado y sin violencia, reclama o reivindica derechos ante las autoridades públicas o entes privados”.
Para poder realizar protestas, señalan que se deberá dar aviso con 24 horas de anticipación en la comisaría más cercana al lugar donde se llevará adelante la manifestación. Además, deberá señalarse el recorrido y desconcentración de la misma, como así su duración, los motivos y les responsables.
A su vez, advierten que se “resguardará el desarrollo pacífico de la protesta” en la medida que ésta permita “el normal funcionamiento de servicios públicos”. Además, que “habilite, aunque sea parcialmente la circulación de personas y/o vehículos en una dirección determinada” y “evite la comisión de delitos tipificados en el código penal”, incluidos los “daños a la propiedad pública o privada”.
Por último, como requisito para el “desarrollo pacífico” agregaron la necesidad de que “se haya realizado la correspondiente notificación”.
La policía tendrá la orden de desalojar
En otro apartado del proyecto de ley, señalan las consecuencias en caso de no apegarse a las restricciones impuestas.
En este sentido, de encontrarse irregularidades según lo que plantea la norma, proponen una instancia “previa al desalojo por parte de las fuerzas de seguridad”.
La misma se trata de una “mediación obligatoria, cuyo desarrollo no podrá exceder de las dos horas de iniciada la protesta o manifestación y será coordinada por el Ministerio de Seguridad y Justicia”.
El objetivo de la mediación es “establecer las condiciones del cese de la perturbación, e identificar claramente las demandas de los manifestantes”. De esta forma, busca “canalizarlas a las autoridades competentes, generando las reuniones que se consideren convenientes”.
Por otra parte, señalan que, en caso de excederse las dos horas de mediación sin alcanzar un acuerdo, “la Autoridad de Aplicación dará parte al Ministerio Público” para “restablecer el orden lo más pronto posible”, a través de las fuerzas policiales.
Por último, mencionan que todo personal de seguridad deberá estar debidamente identificado, al igual que los vehículos oficiales, “particularmente los utilizados para el traslado de detenidos”.