En octubre de 2021, el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable. La iniciativa, conocida comúnmente como Ley de Etiquetado Frontal, consiste en la aplicación de sellos informativos en productos alimenticios que contengan exceso de nutrientes críticos.
Casi un año después de su sanción, la normativa debería aplicarse. El plazo que la ley otorga a las grandes empresas para comenzar a exhibir los productos etiquetados se extendió hasta el 20 de agosto. Sin embargo, más de 10 días después, todavía no están presentes en los comercios los octágonos negros con la información nutricional.
Por otro lado, la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) sumó otra especificidad a lo contemplado en la ley. La Administración dispuso que todo alimento y/o bebida dirigida a niñes y adolescentes que cuenten con al menos un sello de precaución sobre sus nutrientes, tiene prohibido ser promocionado, publicitado o patrocinado.
Las razones del retraso
Ante la aparente ausencia de aplicación de la ley, el Gobierno aclaró que ésta se dará de forma gradual. Según estimaciones, el proceso de etiquetado frontal de los alimentos y bebidas será completado recién a fines del año 2023.
Una de las razones de este retraso es que 240 empresas pidieron prorrogar por seis meses el plazo para etiquetar un total de 11 mil productos. En el caso de las pequeñas y medianas empresas, tienen tiempo hasta el 20 de febrero de 2023 para cumplir lo estipulado por la ley.
Además, las empresas pueden continuar exhibiendo productos fabricados antes del 30 de agosto. Debido a esto, los productos etiquetados junto a los sin etiquetar se podrán ver en las góndolas una vez que se renueve el stock.
Al respecto, la Ministra de Salud Carla Vizzotti aclaró que ‘’algunos motivos de la prórroga son justamente para readecuar el perfil nutricional, que es el objetivo más importante de la ley: que alimentos y bebidas puedan tener la menor cantidad de grasas, azúcar, etc. Hay algunas otras empresas que tienen dificultad para cumplir con el envase, con la importación o alguna situación puntual’’.
El objetivo de la Ley
Las etiquetas al frente de los alimentos y bebidas consisten en una advertencia al consumidor, especialmente sobre productos procesados y ultraprocesados.
En el caso de que el producto contenga exceso de azúcares, grasas totales o saturadas, sodio y calorías, deberá ser especificado en la etiqueta. Esto es en el caso que el contenido de los nutrientes sea igual o superior a los límites determinados por la Organización Panamericana de la Salud.
A nivel nacional, sólo el 26% de la población lee la información nutricional de los alimentos. Expresar esta información en el frente del producto con una gran etiqueta sirve para tener conciencia inmediata sobre los nutrientes de lo que se va a consumir.
‘’La ley tiene como objetivo la promoción de una alimentación saludable; en ese contexto, el etiquetado frontal es sólo una parte que busca dar la información para que las personas tomen las mejores decisiones y las empresas traten de adecuar sus productos en la medida que puedan’’, explicó Vizzotti.
Por otro lado, la normativa pone especial cuidado en los alimentos dirigidos a niñes y adolescentes. Los productos procesados de este tipo no podrán contener imágenes de personajes infantiles, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas para llamar la atención de las infancias.