Ante la autorización por parte de la ANMAT de la venta por farmacias de test rápidos de antígeno SARS-CoV-2, el Gobierno de la Provincia anuncio la prohibición de la misma en su territorio.
Los mismos cuentan con beneficios como su rapidez y su bajo costo en comparación con un PCR.
Sin embargo, a través de la resolución 1533/2021 publicada en el Boletín Oficial, se señaló que los mismos son «son de uso profesional excluyente y deben realizarse en laboratorios de análisis clínicos».
El Ministerio de Salud bonaerense resolvió que la misma perdure “mientras continúe la declaración del estado de emergencia sanitaria” a causa de la enfermedad COVID-19.
La misma indica que “corresponde a esta cartera sanitaria intervenir en la producción de información, y la vigilancia epidemiológica para la planificación estratégica y toma de decisiones en salud”.
Por ley se debe declarar la situación de contraer el virus, por lo cual “cualquier resultado debe estar cargado en el SISA (Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina) por un profesional inscripto que sea titular de un laboratorio habilitado”.
Se busca crear la Ficha Única del Ciudadano, por lo cual si se realiza particularmente la prueba “podría violarse” el eje central del SISA.
En caso del incumplimiento de la medida por parte de las farmacias se prevé la aplicación de sanciones.